La Sala de lo Penal de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha impuesto una condena de 13 años de cárcel y una indemnización de 25.000 euros a William Oswaldo V. L. como autor de una agresión sexual de la que fue víctima una joven discapacitada de 22 años, pero con el desarrollo mental de una menor de edad. Los hechos sucedieron el 3 de julio de 2020 en el barrio de Delicias y dieron lugar a una movilización ciudadana por la indignación que causó el suceso en la opinión ciudadana.

Según recoge la sentencia, el acusado, de 47 años, engañó a su víctima, aprovechándose de su discapacidad intelectual, y la hizo ir a una pensión donde abusó sexualmente de ella con tal brutalidad que la joven sufrió daños de carácter físico (un desgarro vaginal) y psicológico. por las secuelas mentales.

Durante la vista, celebrada en la Audiencia de Zaragoza, el acusado alegó en su defensa que el encuentro en la pensión fue de mutuo acuerdo y que, una vez allí, no mantuvieron relaciones sexuales completas porque la joven tenía el periodo. Llegó incluso a mantener que la violación era obra de una tercera persona, una versión que el tribunal descarta totalmente.

Según recoge el apartado de hechos probados, el autor de la agresión dejó a su víctima, que sangraba abundantemente, en la parada de un autobús y luego se marchó. Ella se apeó en vía Hispanidad y, con machas de sangre en la ropa y el cuerpo, fue andando hasta un bar situado e el parque del Castillo Palomar, donde fue auxiliada.

Los magistrados consideran que el acusado actuó a sabiendas de la discapacidad de la víctima, con la que había estado con anterioridad y comprobado que se trataba de una persona vulnerable por su discapacidad intelectual, cercana al 50%.

Una joven influenciable

En sus fundamentos de derecho, la sentencia establece que el acusado actuó "con claro aprovechamiento" de la conducta "influenciable" de la víctima, así como de un "escaso conocimiento de las relaciones sexuales" y su "situación de evidente discapacidad intelectual".

Además, la resolución explica que en este caso se da "una violencia de gran intensidad", no solo por el relato de la víctima en la sala de vistas, sino por su "objetiva corroboración en base a la existencia y gravedad de las lesiones sufridas, genitales y extragenitales". Además, destaca que el desgarro vaginal revela "un nivel de violencia inusual respecto del alcance lesivo que suele conllevar la penetración vaginal del miembro viril".

Respecto de la declaración exculpatoria del acusado, en la que este niega cualquier tipo de violencia física y actividad sexual al estar la joven a punto de tener la regla, la sentencia, la sentencia señala que esa versión "deja sin explicación alguna las lesiones genitales, extragenitales y psíquicas" por las que fue atendida hospitalariamente la denunciante.

Asimismo, la resolución judicial se basa en toda la prueba de cargo presentada en la vista oral para "desvirtuar el principio constitucional de presunción de inocencia". De hecho, los magistrados consideran que de todo lo actuado se llega a una conclusión según la cual, pese a que ella le rogó que parara por el daño que le hacía, el acusado continuó con un elevado nivel de violencias y le causó graves lesiones.

El letrado zaragozano Gabriel Gómez de Llarena Tremps, que ejerció la acusación en representación de la víctima, ha manifestado su satisfacción por el contenido de la sentencia y ha destacado que recoge la argumentación que expuso durante la vista oral, celebrada a puerta cerrada.