Desde este espacio los Gestores Administrativos contestamos a las cuestiones que nos trasladas. Hoy respondemos a unos padres que preguntan por las deducciones fiscales con motivo de la vuelta al colegio.

PREGUNTA: Necesitaríamos que nos concretaran los requisitos que tenemos que cumplir mi marido y yo, para tener derecho a la deducción por la compra de libros y material escolar de mis dos hijos. En la declaración de renta de 2020, tuvimos algún problema de justificación con la Agencia Tributaria y este año quiero evitarlo. LAURA Y CARLOS (BELCHITE)

Estimados Laura y Carlos. En estas fechas, la pregunta es muy pertinente porque es el momento oportuno para conseguir los justificantes necesarios para cuando se confeccione la declaración de renta del 2022 y poder aplicarse la deducción autonómica por adquisición de libros de texto y material escolar. 

Los libros de texto tienen que ser los editados para Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, así como el material escolar. No se considera material escolar a los efectos de la deducción, los equipos informáticos (tabletas, ordenadores, etc.) aunque se utilicen para buscar información o confeccionar algún tipo de trabajo. Sólo se considerará material escolar con derecho a la deducción si el centro en el que se cursan los estudios haya optado porque el material curricular sea exclusiva y necesariamente en formato digital. Hay un límite de ingresos para poder aplicar la deducción. Concretamente, la base imponible general y la del ahorro, no puede superar los 12.500 € en la tributación individual y los 25.000 € en la conjunta.

En el caso de familias numerosas, los límites son 30.000 € en tributación individual y 40.000 € en conjunta. En declaraciones conjuntas, el límite de deducción por cada hijo es de 100 € para bases imponibles generales y del ahorro que no superen los 12.000 €. De 50 €, para bases entre 12.000 € y 20.000 €. Y de 37,50 € para bases entre 20.000 € y 25.000 €. En el caso de las familias numerosas, la deducción en declaración conjunta es de un importe fijo de 150 €.

En declaraciones individuales, el límite de deducción por cada hijo es de 50 € para bases imponibles generales y del ahorro que no superen los 6.500 €. De 37,50 €, para bases entre 6.500 € y 10.000 €. Y de 25 € para bases entre 10.000 € y 12.500 €. En el caso de las familias numerosas, la deducción en declaración individual es de un importe fijo de 75 €.

El importe de la deducción será el 100% de la factura que acredite la compra de los libros de texto y del material escolar. Siempre es recomendable que los pagos se hagan a través de entidad bancaria. La deducción se reducirá en las becas y ayudas recibidas por cualquier Administración Pública para cubrir la totalidad o parte de los gastos de adquisición de libros de texto y material escolar. 

Laura, Carlos, un aspecto muy importante: la factura debe de ir a nombre de quien la haya pagado y sobre todo que detalle los libros y el material escolar adquirido. En el caso de matrimonios en régimen económico consorcial aragonés, los importes pagados se imputarán a ambos cónyuges por partes iguales.