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¿En qué consiste la reforma de la ley de autónomos?

La norma, que comenzará a aplicarse este mes de enero, introduce importantes cambios en el sistema de cotizaciones

La nueva ley afecta a los trabajadores autónomos que a partir de ahora deberán cotizar en base a sus ingresos netos.

La nueva ley afecta a los trabajadores autónomos que a partir de ahora deberán cotizar en base a sus ingresos netos. / FREEPIK

Ana Rubio Morales

Desde este espacio los Gestores Administrativos contestamos a las cuestiones que nos trasladas. Hoy explicamos la reforma de la Ley de Autónomos que en este mes de diciembre entra en fechas importantes.

PREGUNTA: Estoy preocupada por la subida que se avecina en mis seguros sociales. ¿Qué va a cambiar en mi recibo de autónomos? Y respecto a mi hijo que comenzará una nueva actividad como autónomo en enero, ¿también le va a afectar? SILVIA MARTÍNEZ (TERUEL)

Hola, Silvia. Efectivamente. Llevábamos tiempo oyendo hablar de que iban a cambiar sustancialmente las cuotas de autónomos y al final así va a ser desde el próximo mes de enero de 2023. Hasta ahora el trabajador autónomo elegía su base de cotización y pagaba conforme a su elección, pero ahora esa base de cotización se establecerá en función del rendimiento neto que tenga el trabajador autónomo cada año. 

Para ello, cada autónomo deberá informar a la Seguridad Social en el mes de diciembre del rendimiento que estima tener en el próximo año. Esta estimación, a mi juicio y al de la mayoría de los clientes de nuestras gestorías, es complicada puesto una de las características de los ingresos de los autónomos es que no son ni regulares ni constantes y varían mucho de unos años a otros. Y, al igual que los ingresos, los gastos también pueden variar significativamente de un año a otro por lo que el rendimiento neto puede ser muy diferente al previsto. Para paliar esta situación se podrá modificar hasta seis veces a lo largo del año en curso esa base de cotización estimada.

Pagar los autónomos conforme a esta nueva forma no es una opción, con ello quiero decir que si la estimación del rendimiento de la actividad que se haya comunicado en diciembre se ha quedado corta, la Seguridad Social regularizará y se deberá pagar la diferencia que corresponda. Si por el contrario se ha pagado por una base superior a la que corresponde según el rendimiento obtenido en el año la Administración, de oficio, devolverá ese exceso. Eso sí, en la regularización que en su caso nos haga Tesorería, no habrá recargo ni intereses siempre que se abone en el plazo que se dé para su pago.

Para evitar regularizaciones aconsejamos a todos los autónomos que intenten adaptar, en la medida de lo posible, las bases de cotización al rendimiento neto que vayan estimando a lo largo del año que van a obtener.

Es cierto que hay un margen para elegir la base de cotización puesto que, según el rendimiento declarado en la actividad económica el trabajador autónomo, puede elegir entre una base mínima y una base máxima de cotización establecida para dicho rendimiento. En total hay doce tramos. Además existe una tabla reducida con tres tramos para aquellos autónomos que tengan rendimientos inferiores a 1.166,70 € mensuales.

La idea del legislador es ir asimilando de forma progresiva las cotizaciones con los ingresos reales del trabajador autónomo llegando a pagar, después de un periodo transitorio de nueve años, los seguros sociales como un trabajador en régimen general. Es por ello por lo que todos los años los recibos de autónomos subirán de forma considerable. A partir del 2023 los trabajadores autónomos deberán no solo estar atentos a los impuestos que van a pagar sino también a lo que pagarán del recibo de autónomos.

La buena noticia, Silvia, es que continúa siendo de aplicación la conocida tarifa plana para los nuevos autónomos que será de 80 € mensuales para el periodo comprendido entre 2023 y 2025 y a la que en principio podrá acogerse su hijo.