MEDIOAMBIENTE

El Colegio de Abogados de Zaragoza aborda la litigación climática en una conferencia

Un profesor de derecho ambiental llegado desde Zaragoza desgrana el contexto en que se mueve

A la izquierda, José Manuel Marraco, y a la derecha, Juan Antonio Loste, en la sede del Real e Ilustre Colegios de Abogados de Zaragoza.

A la izquierda, José Manuel Marraco, y a la derecha, Juan Antonio Loste, en la sede del Real e Ilustre Colegios de Abogados de Zaragoza. / ÁNGEL DE CASTRO

A. T. B.

El Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza (ReICAZ) albergó ayer en el salón de decanato de la sede una charla sobre la litigación climática protagonizada por Juan Antonio Loste, presidente de la sección de derecho ambiental del Colegio de la Abogacía de Barcelona, y moderada por José Manuel Marraco, presidente de la sección de derecho ambiental del ReICAZ. En este sentido, Loste desgranó algunos de los puntos clave para entender este litigación climática como, por ejemplo, «la acción popular como tal para defender el medioambiente» y el hecho de que «la jurisdicción civil no ha sido llamada a defender los intereses del medioambiente». «Y no parece que a corto plazo vaya a atender estas cuestiones», precisó respecto a esto último, añadiendo también en este contexto «la desconfianza hacia la Administración ambiental por parte de la ciudadanía».

Además, Loste enumeró algunos de los instrumentos normativos directamente asociados al clima –reducción de gases de efecto invernadero, régimen de comercio de derecho de emisión o combustibles eléctricos y nuevos tipos de movilidad– y los instrumentos normativos indirectamente asociados al clima –inversión sostenible, nueva economía circular o nueva fiscalidad ambiental–. Para ello, añadió, se debe facilitar la inversión ambiental sostenible con uso sostenible y la protección de los recursos hídricos o la protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.

Por último, este profesor de derecho ambiental lanzó al público una serie de reflexiones, entre las cuales, llamó la atención algunas preguntas como «¿cuál es el contenido de este nuevo derecho climático?», «¿cómo se definen los intereses colectivos ambientales?», «¿quiénes pueden litigar como actores en el proceso ambiental?» o «¿qué decisiones puede adoptar el juez en materia de prevención o reparación del medioambiente?».

TEMAS