El Departamento de Desarrollo Territorial, Despoblación y Justicia del Gobierno de Aragón va a estudiar la compensación de los daños que los cuerpos nacionales –auxiliares, tramitadores, gestores procesales y forenses– puedan sufrir a bordo de su vehículo durante el ejercicio de sus funciones. Así lo recoge una de las disposiciones del Boletín Oficial de Aragón (BOA) del pasado 6 de noviembre tras la constitución de una comisión de valoración a raíz del accidente de tráfico que sufrió un perito del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Aragón (Imlcfa) por el que reclamaba los gastos derivados del siniestro.
Fuentes del Departamento explicaron a este diario que el objetivo es «mejorar la eficacia en la compensación a los trabajadores» de tal modo que todo ello se estudiará entre los miembros de una comisión paritaria integrada por personal de la propia Administración y representantes sindicales de CCOO, UGT, CSIF y STAJ. La constitución de la citada comisión responde al cumplimiento del decreto que firmó el 29 de junio de 2022 el por entonces consejero de Hacienda y Administración Pública, Carlos Pérez Anadón.
El acuerdo, firmado bajo el mandato socialista de Javier Lambán, no solo traía como novedad la inclusión de los funcionarios de Justicia. También pretendía equiparar el sistema de compensación del personal docente universitario al de otros funcionarios como, por ejemplo, los pertenecientes a la Adminstración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Servicio Aragonés de Salud o el personal docente no universitario.
Entre los requisitos para adherirse a esta compensación, el decreto recoge, primero, que el desplazamiento se produzca «con ocasión de la prestación del servicio», «de la actividad formativa en jornada laboral» o «en ejercicio de la representación sindical»; segundo, que exista «un daño efectivo en el vehículo, aunque el mismo fuese producido por causas meteorológicas o el vehículo estuviese estacionado» y, tercero, que el vehículo sea «propiedad de la persona solicitante o, en su caso, que figura como tomadora de la póliza del seguro».
Tanto es así que el decreto 102/2022 ya llevaba aparejado, por un lado, el borrador de la solicitud que deberían completar los perjudicados y, por otro, un anexo con las cuantías mínimas y máximas en función del valor venal del vehículo. Quedan excluidos de la cumplimientación de estos datos aquellos daños que dispongan de una adecuada cobertura, los daños ocasionados antes del inicio o finalizada la jornada de trabajo y las averías que sean mecánicas. H