Así es la nueva Ordenanza de Movilidad de Zaragoza

Este miércoles 11 de septiembre entra en vigor la nueva normativa que unifica distintas ordenanzas que estaban dispersas y pone énfasis en la seguridad vial, la posibilidad de habilitar “carriles multiusos”, los espacios de carga y descarga, así como la circulación en bicicletas y vehículos de movilidad personal, entre otros aspectos

La nueva Ordenanza de Movilidad de Zaragoza entra en vigor el próximo 11 de septiembre.

La nueva Ordenanza de Movilidad de Zaragoza entra en vigor el próximo 11 de septiembre. / El Periódico

Zaragoza

Zaragoza estrenará el miércoles 11 de septiembre la nueva Ordenanza de Movilidad, una normativa para cuyo contenido se han recogido aportaciones de diferentes áreas municipales, operadores del transporte público, colectivos ciudadanos y empresas de distribución de mercancias, entre otros colectivos.

El nuevo articulado unifica distintas ordenanzas que hasta ahora estaban dispersas en otras tantas normativas, como es en el ámbito del transporte de mercancías peligrosas, estacionamiento para personas con discapacidad, la ordenanza de peatones y ciclistas, la de circulación de vehículos de movilidad personal (VMP), la de transporte escolar y la propia Ordenanza General de Tráfico. Además, la nueva normativa introduce instrucciones técnicas que detallan numerosos aspectos concretos sobre permisos, horarios y pesos máximos autorizados que se plantean a lo largo de su desarrollo.

Puedes consultar aquí el texto íntegro publicado en el Boletín Oficial de la Provincia del 21 de agosto

Prioridad para la seguridad vial

La nueva Ordenanza de Movilidad de Zaragoza incluye novedades. En seguridad vial, la normativa pone especial relevancia en el hecho de que los entornos escolares se consideran espacios de “especial protección”, mediante el rediseño viario, señalización y control de la disciplina viaria en dichos entornos”.

Por ejemplo, la velocidad de las calles que conforman el perímetro del centro, cuando no formen parte de la malla básica, será de 20 km/h en los horarios de entrada y salida, y se dispondrá de señalización específica para ello. También se contempla la creación de itinerarios peatonales segregados en el caso de estacionamientos dentro del centro escolar.

El casco no será obligatorio, aunque sí deberán llevarlo puesto los menores de 16 años que sean transportados en bici.

El casco no será obligatorio, aunque sí deberán llevarlo puesto los menores de 16 años que sean transportados en bici. / El Periódico

Destacan también los “espacios de especial protección para el peatón”, en zonas de alta densidad de ocupación (por ejemplo, la calle Alfonso o la calle Santiago). En estos casos, de manera continua o temporal, se podrán ordenar y regular los usos, priorizando aquellos que sean más favorables para los peatones y pensando también las personas con movilidad reducida. Así, se podrán declarar con carácter temporal o permanente determinadas aceras, calles, bulevales y plazas como "espacios de especial protección para el peatón".

Movilidad ciclista y patinetes eléctricos (VMP)

Respecto a la movilidad ciclista, la ordenanza vigente hasta ahora se actualiza incorporando importantes mejoras. Por ejemplo, en los carriles bici en plataforma única compartida (a cota de acera) la velocidad máxima deberá ser de 20 km/h. Asimismo, se incluye una definición específica de la tipología y características de las vías ciclistas y ciclables.

También se “normalizan” las zonas adelantadas en semáforos para motos y bicis. Evidentemente se sigue prohibiendo la circulación de bicis y patinetes por aceras y zonas peatonales, con la única excepción de los menores de 12 años acompañados de una persona adulta a pie y sin sobrepasar los 5 km/h.

Para la conducción de VMP (patinetes eléctricos) será obligatorio tener 16 años o más; el uso obligatorio de casco; y circular a cualquier hora con la iluminación delantera y trasera (que deberá ser homologada) encendida.

Los VMP deberán circular obligatoriamente por carriles bici, vías ciclistas o lugares específicos destinados para ello. Como novedad, podrán hacerlo en las calles con más de un carril de circulación cuya velocidad máxima esté limitada a 30 km/h o inferior, haciéndolo por el carril derecho de los no reservados a transporte público.

En el caso de las bicicletas, el casco no será obligatorio, ya que actualmente no lo marca así la normativa estatal vigente, aunque sí deberán llevarlo puesto los menores de 16 años que sean transportados en bici.

Otra novedad, muy demandada por diferentes colectivos, especifica que los ciclistas que circulen por la calzada lo harán preferentemente por el carril de la derecha, o por el contiguo al reservado a otros usos, y por el centro del carril.

Distribución de mercancías en el ámbito urbano

La ordenanza incluye numerosas novedades de índole práctico que afectan tanto a los conductores “privados” como a otros colectivos, como los transportistas. Así, presta especial atención a la Distribución Urbana de Mercancías (DUM), que en los últimos años ha experimentado un sensible incremento.

En este sentido, se da más facilidades para el reparto nocturno a grandes distribuidores (como supermercados), aunque también con exigencias en materia de ruido. También se ha colaborado directamente con el sector del transporte para definir los horarios y otras cuestiones relativas a esta actividad, como las reservas y autorizaciones.

Como novedad, los ciclistas que circulen por la calzada lo harán preferentemente por el carril de la derecha, o por el contiguo al reservado a otros usos, y por el centro del carril

Asímismo se prevé la existencia de un registro electrónico en el que deberán estar identificados los vehículos que, habitualmente o circunstancialmente, realicen actividad de carga y descarga en la ciudad. Además, se actualizan los procedimientos de la Distribución Urbana de Mercancías en el ámbito de la paquetería, accesos a zonas restringidas, el uso de bicicletas de recargo (cargo-bikes), motocarros eléctricos, etc. También se contemplan espacios para que los receptores de envíos puedan parar unos minutos en su recogida en puntos de entrega autorizados.

Para la conducción de patinetes eléctricos será obligatorio tener 16 años o más y llevar casco.

Para la conducción de patinetes eléctricos será obligatorio tener 16 años o más y llevar casco. / El Periódico

Carga y descarga nocturna

En la nueva Ordenanza de Movilidad de Zaragoza se recogen detalladamente todas las condiciones que deberán cumplirse para realizar la carga y la descarga nocturna muy habitual en grandes superficies y supermercados, entre otras actividades. Por ejemplo, para la realización de la carga y descarga nocturna en horario entre las 21.00 y las 7.00, se requerirá de un permiso especial otorgado por el órgano competente en materia de movilidad.

Posibles “carriles multiusos”

La ordenanza establece también una nueva clasificación del sistema viario con diferentes rangos en función de sus cualidades y su intensidad de tráfico. En primer nivel se situarían las “vías estructurales” (circunvalaciones Z-20 y Z-30), “distribuidoras” (las de mayor capacidad que el resto) y “carreteras municipales” (en el término municipal).

En un segundo rango se van definiendo los tipos de vía en función del número de carriles, vías pacificadas, zonas 30, zonas 20, zonas residenciales, zonas peatonales, etc.

Otra novedad en este ámbito es la posiblidad de disponer de “carriles multiusos”. Se trata de carriles que, en caso necesario y solo si se cumplen distintos criterios técnicos, podrán ser reservados para una determinada agrupación de usos, restringiéndolos al resto de vehículos. Entre los vehículos autorizados podrá estar dos o más de los siguientes: autobús urbano, autobús discrecional, taxi, vehículo de transporte con conductor (VTC), motocicletas y ciclomotores, bicicleta y VMP, vehículos con alta ocupación VAO (tres o más viajeros), o carga y descarga.

Los usos podrán estar limitados a un determinado tramo horario o a determinados días de la semana o combinación de estos. En todo caso, la creación de posibles carriles multiusos se tendrá que hacer tras distintos estudios y consideraciones que vienen explicitados en las instrucciones técnicas de la ordenanza.

La normativa establece los "espacios de especial protección para el peatón" en zonas de alta densidad de ocupación como puede ser la calle Alfonso.

La normativa establece los "espacios de especial protección para el peatón" en zonas de alta densidad de ocupación como puede ser la calle Alfonso. / El Periódico

Además, la ordenanza detalla, tanto en su articulado como en las 10 Instrucciones Técnicas que la acompañan, múltiples aspectos, muy específicos, de la actividad diaria en las calles de Zaragoza, limitando el acceso en determinados horarios y tipos de vías. A título de ejemplo, se ha especificado un tratamiento concreto a los vehículos de transporte de construcción, a petición de este colectivo, ya que tienen especiales características.

Asímismo, el nuevo articulado incluye un detallado catálogo de reservas de espacio, adaptadas a todas las necesidades (existentes y detectadas). Los tipos de estacionamiento son espacios para badenes de acceso a recintos de propiedad privada o pública con vehículos; para motocicletas o ciclomotores; para bicicletas, ciclos y VMP; para recarga de vehículos eléctricos puros, por obras; por seguridad pública; y para centros y establecimientos sanitarios, entre otros.

La nueva ordenanza ha recogido aportaciones de diferentes áreas municipales, operadores del transporte público, colectivos ciudadanos y empresas de distribución de mercancías

En cuanto a sostenibilidad, además de establecer criterios para el uso de vehículos eléctricos y no contaminantes, puntos de recarga, accesos restringidos, etcétera, la ordenanza contempla la regulación de restricciones temporales de tráfico en episodios de alta de contaminación.

La denominada Zona Cero queda definida en la aprobación de esta ordenanza en una zona de la ciudad delimitada por las calles Paseo Echegaray y Caballero, Paseo María Agustín, Paseo Pamplona, Paseo Constitución, Paseo de la Mina, Calle Asalto y Calle Monreal.

Por otra parte, la Ordenanza de Movilidad de Zaragoza también hace referencias a las autorizaciones para el servicio de taxis y vehículos con conductor (VTC), así como -entre otros detalles- a la prohibición del uso del carril bus-taxi por parte de estos últimos.

El seguro en bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP)

En cuanto al seguro, las condiciones son similares tanto en bicicletas como en VMP (patinetes eléctricos). La ordenanza dice que "para conducir una bicicleta se dispondrá de la correspondiente garantía de responsabilidad civil mediante un seguro específico para la circulación de estos vehículos que cubra los posibles daños a usuarios y a terceros o en su defecto un seguro de hogar que cubra esta contingencia. El conductor de la bicicleta deberá portar copia de la póliza en soporte papel o soporte informático”.

Objetivo: Seguridad Vial

El objetivo de esta medida es colaborar en la mejora de la Seguridad Vial. En Zaragoza se producen cada año más de 500 accidentes en bicicleta o VMP, a menudo leves pero también con consecuencias graves.

Tener un seguro de responsabilidad civil, que en general ya está asociado al seguro hogar y cubre a todas las personas empadronadas en ese domicilio, protege tanto al usuario de bici o patinete (que puede verse obligado a responder con su patrimonio en caso de accidente) como al resto de personas que utilizan la vía pública (peatones, sobre todo).

Un seguro de responsabilidad civil, contratado aisladamente, puede suponer entre 50 y 60 euros al año para ofrecer cobertura económica de unos 150.000 euros. Por ello, vale la pena disponer de un seguro para que todos nos sintamos más seguros.

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