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Así pueden las familias aragonesas desgravarse los gastos de guardería y material escolar en su IRPF

La principal novedad es la deducibilidad de los gastos de clases extraescolares hasta el 25%, así como los gastos en formación para la discapacidad

•	Los gastos en material escolar o libros de texto también son desgravables en la comunidad de Aragón.

• Los gastos en material escolar o libros de texto también son desgravables en la comunidad de Aragón. / EFE

El Periódico de Aragón

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La vuelta al cole conlleva una serie de gastos para las familias. Sin embargo, hay que saber que existen deducciones aplicables en el IRPF, según AEDAF, la Asociación Española de Asesores Fiscales. En Aragón son deducibles los gastos de libros de texto y de material escolar (con límites por tramos en las bases imponibles), además de los gastos de guardería, que ascienden al 15% para hijos menores de 3 años y los de transporte escolar hasta los 50 euros.

Por lo que se refiere a los gastos de material escolar, los requisitos que aplican son los siguientes:

  • Que se trate de descendientes que den derecho a la aplicación del mínimo por descendientes.
  • Justificación documental de la adquisición de los libros de texto y del material escolar podrá realizarse mediante factura o cualquier otro medio del tráfico jurídico o económico admitido en Derecho.
  • La deducción corresponderá al ascendiente que haya satisfecho las cantidades destinadas a la adquisición de los libros de texto y del material

El límite máximo de la cuantía deducible dependerá de si se trata de una declaración conjunta o individual y de si se trata de una familia numerosa o no. Además, las familias aragonesas pueden presentar en sus declaraciones de IRPF los gastos de guardería para deducir el 15% de ese gasto hasta un límite de 250 euros por cada hijo hasta los 3 años, con arreglo a los siguientes requisitos:

  •  Que los descendientes den derecho a la aplicación del mínimo por descendiente.
  • Que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro sea inferior a 35.000 euros en declaraciones individuales, e inferior a 50.000 euros en declaraciones conjuntas.
  • Que la base imponible del ahorro no supere 4.000 euros.
  • Cuando los hijos que den derecho a la deducción convivan con más de un contribuyente, el importe de la deducción se prorrateará por partes iguales.

 Como novedad, se puede aplicar una deducción del 25% en la cuantía del importe destinado a las clases extraescolares de apoyo o refuerzo. Los gastos en formación para la discapacidad también son deducibles en un 25% desde este año.  

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