¿Qué implica la anulación de la ley de renovables de Aragón? Estas son las claves
El Constitucional confirma la admisión del recurso de inconstitucionalidad del Gobierno central y la DGA apela a la "tranquilidad política y jurídica"

Varias personas trabajan en la instalación de placas solares / ÁNGEL DE CASTRO

El Tribunal Constitucional ha confirmado lo que era un secreto a voces y ha declarado nulo el decreto ley que tenía como objeto regular la energía renovable de la comunidad aragonesa, y que fue aprobado en los estertores de la última legislatura de Javier Lambán, en marzo de 2023. Concretamente, el objetivo de esta norma era abaratar la factura de la luz para ciudadanos y empresas para atraer nuevas inversiones al territorio. Con todo, fue recurrida por el Gobierno central al entender este que se producía una invasión competencial.
En cualquier caso, ha sido una cuestión de forma y no de fondo lo que ha acabado por tumbar el decreto, ya que, como adelantó este miércoles este periódico, la "falta de presupuesto habilitante" impedía justificar la "extraordinaria y urgente necesidad" que había llevado al Ejecutivo de Lambán a regular la materia a través de un decreto ley. Así, el Constitucional no ha entrado a valorar el articulado, pese a que queda anulado en su conjunto. Desde la DGA, que ha recibido a primera hora de la tarde de este jueves la sentencia, lanzan un mensaje de "tranquilidad política y jurídica" tras la primera valoración de los servicios jurídicos autonómicos. Pero, ¿qué supone realmente esta decisión? Estas son algunas de las claves.
Antecedentes
El decreto ley fue aprobado en marzo de 2023 por el cuatripartito liderado por Javier Lambán. El 21 de diciembre de ese año, ya sin Lambán en el Pignatelli y con Pedro Sánchez habiendo revalidado en noviembre su cargo como presidente del Gobierno, Moncloa interpuso un recurso de inconstitucionalidad, basándose en dos argumentos: no estaba justificada la urgencia al carecer de presupuesto habilitante y vulneraba la legislación básica estatal, especialmente la ley del Sector Eléctrico, vigente desde 2013.
El 30 de enero, el pleno del Constitucional admitió a trámite el recurso y suspendió cautelarmente los preceptos impugnados. Entre febrero y marzo, el Congreso y el Senado se personaron en el proceso y las Cortes y el Gobierno de Aragón, ya con Azcón al frente, presentaron alegaciones al recurso y solicitaron su desestimación, mencionando concretamente la pandemia y la guerra de Ucrania como motivos que justificaban, entre otros, esa "urgencia".
Poco después, el 23 de abril, el Constitucional levantó la suspensión hasta la deliberación y votación definitiva de la sentencia, que llegó el pasado martes, 10 de septiembre, con una unanimidad que estimaba el recurso del Gobierno central y, por tanto, declaraba institucional del decreto ley.
¿Por qué se anula?
Pese a que el recurso del Gobierno central presentaba los dos argumentos ya mencionados, ha sido por la forma, y no por el fondo, por lo que el Alto Tribunal ha declarado inconstitucional el texto. Es decir, no ha considerado debidamente justificada la "extraordinaria y urgente necesidad" alegada para emplear la fórmula del decreto ley para su promulgación, debido a esa falta de presupuesto habilitante. Aunque, tal y como aclara el fallo emitido oficialmente este jueves, "la falta de presupuesto habilitante afecta a toda la norma en su conjunto" y, al ser contraria al artículo 86 de la Constitución, alcanza toda la legislación que, por tanto, queda anulada al 100%.
¿Qué implicaciones tiene?
Lo primero que transmiten desde la DGA, tras una valoración preliminar del fallo por parte de los servicios jurídicos del Pignatelli, es una sensación de "tranquilidad política y jurídica". Así lo expresa, al menos, Mar Vaquero, que asegura que esta decisión no afecta a ninguno de los proyectos energéticos que tiene en liza actualmente la comunidad aragonesa. Y es que, según la vicepresidenta del Gobierno de Aragón, se trataba de una normativa "de escasa aplicación", y se estaba trabajando con las partes de la normativa básica que no se habían visto desplazadas por este decreto ley.
Esto se debía, precisamente, a que desde el Pignatelli eran conscientes de que las probabilidades de que el recurso del Gobierno central –interpuesto directamente por el presidente Sánchez, a través de uno de los abogados del Estado– prosperase eran altas. Una de las implicaciones más inmediatas que esta decisión tendrá es que, desde ahora, los proyectos energéticos que se presenten en la comunidad ya no deberán ir aparejados de una inversión estratégica para ser declarados de interés autonómico. Asimismo, la anulación afecta al fondo de soberanía energética, en torno al que el Ejecutivo aragonés sí trabajaba.
¿Y ahora qué?
En los próximos días, el Gobierno de Aragón estudiará, junto a sus servicios jurídicos, cuáles deberían ser los siguientes pasos a seguir. Desde el Pignatelli, la propia Mar Vaquero admite que hay "aspectos concretos" de la norma que valoran "positivamente", y que el Ejecutivo lleva durante todo el mandato trabajando en continuar con la legislación, en esta y otras materias.
Por tanto, cabe la posibilidad de que ahora, el Gobierno popular de Jorge Azcón estudie los aspectos a mejorar del decreto ley para volver a promulgar una nueva norma, que bien podría aprovechar varios aspectos de la anterior, con los matices propios que cada gabinete da a su desarrollo legislativo. Entre las opciones está la de desarrollar esta materia por un recorrido ordinario, en lugar de por un decreto ley, así como analizar a fondo el articulado que había recurrido Madrid para evitar recursos futuros de inconstitucionalidad.
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