El Gobierno de Aragón baja a los 16,92 días el pago medio a proveedores
La Comunidad Autónoma se sitúa en el mes de diciembre en la cifra más baja de los últimos 7 años y se coloca 11 días por debajo de la media nacional

El consejero de Hacienda, Roberto Bermúdez de Castro, en las Cortes. / JOSEMA MOLINA

El Gobierno de Aragón ha logrado reducir de forma drástica el Periodo Medio de Pago a Proveedores (PMP) durante el año 2024 y ha cerrado el ejercicio con una cifra de 16,92 días, la más baja para un mes de diciembre de los últimos 7 años, y 11 días por debajo de la media del resto de CCAA (28,29 días), lo que la sitúa como la tercera comunidad que mejor paga después de Extremadura y Comunidad de Madrid, según los datos que publicó ayer el Ministerio de Hacienda. Esta tendencia a la baja se empezó a consolidar en el mes de marzo y, desde entonces, el PMP se ha mantenido muy por debajo del límite legal, establecido en 30 días.
La secuencia de pago del año pasado es también la mejor desde 2017, si tomamos ese año en sus valores absolutos, pero si le aplicamos los criterios de cálculo actuales –modificados y endurecidos en marzo de 2018— el ejercicio de 2024 se convertiría en el mejor de toda la serie histórica.
Estos datos son el resultado de la aplicación de estrictas medidas de control y coordinación puestas en marcha por el Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública como expresión del compromiso del Gobierno de Aragón con los proveedores que trabajan con la Administración autonómica, en particular las pequeñas y medianas empresas.
El control y publicidad del Periodo Medio de Pago a Proveedores se regula a partir de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, que en su artículo 4.2 incluye como base de la sostenibilidad financiera no solo el control de la deuda pública financiera, sino también el de la deuda comercial.
La Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público, así como dos reales decretos de 2014 y 2017, desarrollan la metodología de cálculo del PMP, su sometimiento a los principios de transparencia y la capacidad de la Administración General del Estado para retener recursos de los regímenes de financiación a las comunidades autónomas y corporaciones locales que incumplan los plazos establecidos en la normativa sobre morosidad.
El plazo máximo de pago de las Administraciones públicas está establecido en 30 días y la intervención de la Administración General del Estado se produce cuando en una Comunidad Autónoma el PMP ha superado durante dos meses consecutivos en otros 30 días ese plazo, es decir un PMP superior a los 60 días.
Las comunidades autónomas tienen la obligación de remitir al Ministerio de Hacienda, con carácter mensual, información sobre la ratio de operaciones pagadas, la ratio de operaciones pendientes y el PMP, tanto de la Administración autonómica como de sus entes dependientes, calculado de acuerdo a las fórmulas establecidas en la normativa de referencia.
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