Tormentas en Aragón: cómo pueden reclamar los afectados por los daños sufridos

La Unión de Consumidores de Aragón explica una serie de recomendaciones para poder percibir indemnizaciones por los destrozos causados por el temporal

Tareas de limpieza en la localidad de Azuara.

Tareas de limpieza en la localidad de Azuara. / JAIME GALINDO

El Periódico de Aragón

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Zaragoza

Las comarcas de Campo de Belchite (Zaragoza) y Bajo Martín (Teruel) y zonas cercanas de ambas provincias han resultado gravemente afectadas por la fuerte tormenta de lluvia registrada el pasado viernes por la tarde, que ocasionó inundaciones en viviendas, vehículos, establecimientos, cultivos, granjas e infraestructuras en general. Afortunadamente, no hay que lamentar la pérdida de vidas humanas, pero qué deben hacer los afectados que han sufrido daños.

Desde la Unión de Consumidores de Aragón (Ucaragón) recomiendan, en primer lugar, examinar la póliza de seguro que se tenga contratada (hogar, vehículo, establecimientos, granjas, cultivos…) para ver el alcance de la cobertura por siniestro.

En los seguros de hogar, suele haber una cobertura de fenómenos atmosféricos, que incluye daños por agua de lluvia, viento o nieve. Respecto a los daños por lluvia, para que haya cobertura se requiere una intensidad, habitualmente se cubren los daños si se superan los 40 litros por metro cuadrado, pero conviene comprobar la póliza.

La intensidad de lluvia se mide según los registros de las estaciones meteorológicas de la población en la que se ubique la casa y los informes emitidos por la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet). A este respecto, desde Ucaragón recuerdan que el Consorcio de Compensación de Seguros nunca cubre los daños por lluvia sea cual sea su intensidad, pero sí los provocados por riadas.

Si no se dispone de seguro, para poder recibir una compensación por los daños sufridos, los afectados deben esperar a que el Gobierno de España declare la zona como gravemente afectada por una emergencia de protección civil (antes denominada zona catastrófica) y habilitara las ayudas pertinentes.

Si se dispone de un seguro, hay que dar parte del siniestro a la compañía aseguradora en el plazo de siete días, para que se proceda a la valoración de l s daños y a su correspondiente reparación o indemnización. Desde Ucaragón recomiendan conservar facturas y justificantes de pago de los gastos que puedan tener derivados del siniestro.

Fenómenos de la naturaleza muy destructivos

En el caso de daños extraordinarios causados por fenómenos de la naturaleza muy destructivos, tales como inundación extraordinaria o tempestad ciclónica atípica (tornados y vientos con rachas superiores a 120 km/h), quien se hace cargo de la compensación por el siniestro es el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), siempre que se disponga de un seguro en vigor y al corriente del pago.

En esta última situación, se puede comunicar el siniestro directamente al consorcio, pero se recomienda dar parte a la entidad aseguradora, ya que ella tramitará la reclamación ante esta entidad pública.

Si los daños sufridos no se consideran extraordinarios, serán las compañías aseguradoras quienes se harán cargo del siniestro hasta el alcance de la cobertura contratada.

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