El Gobierno activa las compensaciones para las víctimas del amianto: "Llevamos más de dos años esperando"

Los afectados deben solicitar a la consejería de Sanidad el certificado del diagnóstico de patologías derivadas de la exposición al químico

Varios trabajadores retiran placas de uralita en una granja aragonesa.

Varios trabajadores retiran placas de uralita en una granja aragonesa. / Ecoamiant

David Chic

David Chic

Zaragoza

"Es muy buena noticia, llevábamos esperando más de dos años a su aprobación", así han reaccionado desde la Asociación de Afectados por el Amianto en Aragón (A4) tras la activación este martes por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del procedimiento para reconocer a las víctimas de la exposición a este componente químico una compensación económica como consecuencia de los daños y perjuicios producidos sobre su salud.

Para la portavoz de la entidad en Aragón, Susana Tirado, esto supone un alivio tras meses de espera y muchas movilizaciones para ver reconocido este derecho. Las víctimas tienen perfiles diversos, pues este componente ha estado presente durante décadas en cubiertas de granjas, naves industriales, colegios y canalizaciones.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha asegurado que de este modo se reparan "los daños y perjuicios causados sobre miles de víctimas", que llevan mucho tiempo esperando esta respuesta, tras sufrir una exposición al amianto en el ámbito laboral, doméstico o ambiental. Es una cuestión de justicia para estos ciudadanos y sus familiares”.

El texto reconoce la condición de beneficiario a quien haya obtenido el reconocimiento administrativo o judicial firme de una pensión de incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional ocasionada por el amianto; tengan derecho de cobro a una indemnización, por sentencia judicial firme -siempre que no hubieran podido ejecutar la sentencia total o parcialmente- o los no incluidos en los apartados anteriores que padezcan una enfermedad de las recogidas en el anexo de este Real Decreto, en virtud de determinadas circunstancias. Asimismo, también serán beneficiarias las personas causahabientes de quienes tengan reconocida esta condición (ya que son los que reciben los derechos de otros).

Entre los requisitos para solicitar la compensación económica figura el que el daño ha de derivar de alguna de las patologías producidas por la exposición al amianto (mesotelioma, cáncer de pulmón o de laringe o asbestosis con repercusión funcional moderada o severa). Esto hace difícil calcular el número de beneficiarios en Aragón, aunque en la comunidad figuran unas 1.800 personas en el registro de vigilancia por los servicios de neumología de la sanidad pública.

Desde la asociación reconocen que las variables "son muy abundantes", pero confían en que eso no suponga un lastre para las solicitudes. Los interesados deben solicitar a la consejería de Salud el certificado del diagnóstico de patologías derivadas de la exposición al componente. Una vez que el organismo emita el certificado que acredite que existen las patologías previstas y que han sido causadas por la exposición al amianto, podrán presentar la petición de la compensación al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), mediante la cumplimentación de un formulario que se habilitará en la sede electrónica. 

Para determinar la cuantía, el INSS aplicará el baremo establecido en función de las patologías derivadas de la exposición al amianto. Este importe se ha fijado tomando en consideración la cuantía media por año de la pensión de incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedades profesionales, a fecha 31 de diciembre de 2024. Para la asbestosis se contemplan 32.207 euros; para el cáncer de laringe, 48.310; para el de pulmón, 64.414 y para el mesotelioma serán 96.621. En el caso de que el afectado sufra varias patologías se aplicará el baremo que corresponda a la de mayor gravedad.

La resolución se emitirá en el plazo de seis meses desde el registro de la solicitud. Si, en este plazo, no hubiese respuesta expresa, el silencio se entenderá negativo y, por lo tanto, no se reconocerá el importe de la compensación al solicitante. 

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