Las deducciones por obras de mejora energética se prorrogan hasta 2026

Más de 122.000 viviendas se han beneficiado de esta medida desde que entró en vigor en 2021, lo que ha supuesto un ahorro de cerca de 320 millones de euros para los propietarios

La mejora energética permitirá una reducción de hasta el 30% en el IRPF.

La mejora energética permitirá una reducción de hasta el 30% en el IRPF. / Servicio especial

Monográficos

Zaragoza

Entre los años 2021 y 2023, un total de 122.862 viviendas en las que se acometieron obras de rehabilitación que supusieron una mejora energética del inmueble se beneficiaron de deducciones fiscales que supusieron a sus propietarios un ahorro de 319,70 millones de euros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Unas cifras considerables que llevaron al Consejo de Ministros a aprobar a finales de 2024 un Real Decreto-ley que, entre otras medidas, amplía hasta el año 2026 la vigencia temporal de las deducciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energéticas en viviendas. Estas deducciones se aplican sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual y en los edificios residenciales, acreditadas a través de certificado de eficiencia energética.

Concretamente, el periodo de aplicación de las deducciones se amplía hasta el 31 de diciembre de 2026 y es aplicable a:

Deducción del 20%. Hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda, por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual. Deben efectuarse en la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual, y podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación y mejora en las que se obtenga una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración, según certificado de eficiencia energética de la vivienda. El porcentaje de deducción es de un 20% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación.

Deducción del 40%. Hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda, por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual. Deben realizarse en la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual, y podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación o mejora en las que se reduzca al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. 

Deducción del 60%. Hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda, por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales. Deben tratarse de actuaciones de mejora que afecten al conjunto del edificio. Podrán acogerse las personas físicas en cuyo edificio se hayan realizado obras de mejora o rehabilitación en las que se obtenga una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética del edificio, o mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.

Tracking Pixel Contents