El MNAC pide un informe sobre el traslado de las pinturas de Sijena al Instituto del Patrimonio Cultural de España
El museo catalán solicita al Juzgado de Primera Instancia número 2 de Huesca que pida dicho documento pericial al organismo, que depende del Ministerio de Cultura

Aspecto de la sala donde el MNAC expone las pinturas murales de la sala capitular de Sijena. / EFE / Marta Pérez

El Musou Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) ha pedido al Juzgado de Primera Instancia número 2 de Huesca que solicite al Instituto del Patrimonio Cultural de España (IPCE), del Ministerio de Cultura, un informe pericial sobre la manera en que debe desarrollarse el traslado de las pinturas de Sijena, que el museo catalán insiste en considerar como "muy complejo".
El museo quiere que el IPCE realice, en el "marco de sus funciones y competencias", un proyecto de conservación sobre el cambio de ubicación del conjunto pictórico expuesto en la sala 16 del MNAC, procedente de la sala capitular del Real Monasterio de Sijena, con el que se pueda "asegurar la preservación del patrimonio cultural, en base a la metodología de gestión de riesgos y de acuerdo con las directrices del Plan Nacional de Conservación Preventiva del Ministerio de Cultura aprobado en 2015".
En el escrito, se indica que las pinturas murales constituyen en la actualidad un Bien de Interés Cultural y, "en esta condición, están sometidos a la protección y tutela del Estado".
Sostiene el MNAC que estas pinturas no tienen "únicamente" una dimensión jurídico-privada, sino que "también presentan una dimensión jurídico-pública derivada de su calificación normativa como Bien de Interés Cultural que debe ser preservado y conservado y que, en último término, explica y justifica la intervención en el proceso, en calidad de perito, de un organismo estatal como el IPCE".
Recuerda el centro barcelonés que al ser bien patrimonial histórico-artístico, en estas pinturas murales "coexisten" las competencias de las comunidades autónomas de Aragón y Cataluña, con "instrumentos jurídicos muy similares para garantizar el fin de protección y conservación de los bienes integrantes de su respectivo Patrimonio Cultural".
Sin embargo, "en materia de patrimonio histórico o cultural existe una competencia concurrente entre el Estados y las Comunidades Autónoma", con lo que, según el MNAC, la conservación y preservación de las pinturas murales del Monasterio de Sijena "es un deber constitucional que incumbe también al Estado en cuanto titular de una competencia concurrente".
Por otra parte, recuerda que tanto desde el Gobierno de Aragón Aragón como del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena han manifestado su deseo de que el Estado participe, desde un punto de vista "estrictamente técnico", en las operaciones "encaminadas al cumplimiento de la sentencia".
Además, remarca en el escrito que una de las funciones del IPCE es la "elaboración de informes en materia de conservación de bienes culturales", por lo que considera el museo que el juzgado cuenta con "un soporte normativo suficiente" para solicitarle este informe.
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