La batalla por las extraescolares: los alumnos del Cesáreo Alierta podrán realizar actividades fuera del centro con condiciones
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Zaragoza dicta medidas cautelares y los menores podrán realizar extraescolares fuera del centro, atendiendo a la petición de las familias

La consejera ha visitado el instituto, acompañada por la directora, el alcalde y otros miembros de la corporación municipal. / Gobierno de Aragón

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Zaragoza ha dictado medidas cautelares en el procedimiento iniciado por cuatro familias del CEIP Cesáreo Alierta contra la decisión de la dirección del centro escolar relativa a la realización de extraescolares por parte de sus alumnos fuera del colegio. La resolución judicial respalda la postura de la dirección en relación con la seguridad y la responsabilidad sobre los alumnos y establece las condiciones para la organización de actividades extraescolares fuera del recinto escolar, que se acota de 12.30 a 15.30.
En su escrito, el Juzgado estima parcialmente la solicitud, como cautela ante un pronunciamiento posterior que se pueda dilatar en el tiempo, y acoge en su resolución la postura de la dirección del centro en cuanto al establecimiento de unas condiciones de las extraescolares, “que amplía las posibilidades de gestión de las mismas”.
Entre estas condiciones, se indica que deberán realizarse con salidas y entradas tasadas dentro del horario de 12.30 a 15.30 horas en función de las actividades programadas y a través de una única puerta, por lo que no procede mantener abiertas las puertas del colegio durante todo el período indicado.
Para que los menores puedan salir del recinto, cada familia deberá otorgar autorización expresa y asumir la responsabilidad por posibles daños durante ese tiempo, y el AMPA deberá informar sobre la identidad de las personas ajenas al centro que presten los servicios extraescolares, como se señala en las indicaciones de la dirección del centro escolar.
El Juzgado señala que, en esta fase cautelar, no concurren los elementos excepcionales que permitirían anticipar una ilegalidad manifiesta en la decisión adoptada por el centro sobre las extraescolares. No se aprecia infracción ostensible de normas superiores, ni desviación de poder, en las decisiones de la dirección del centro.
Las alegaciones de estas familias requieren un análisis detallado que se abordará en la sentencia definitiva, si bien el tribunal anticipa igualmente que sentencias previas dictadas en 2023 no evidencian una vulneración clara en la actuación actual.La aplicación de estas medidas se prevé tras las vacaciones de Navidad o en el segundo trimestre, a fin de permitir organizar el protocolo a seguir con las condiciones que impone el tribunal.
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