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La Junta Electoral rechaza adoptar medidas cautelares con el discurso de fin de año de Azcón

El organismo advierte de que "si alguno de los contenidos del discurso se entiende que infringe los límites de las actuaciones consideradas permitidas por la normativa electoral", se podrían estudiar sanciones

El presidente de Aragón, Jorge Azcón, en Sallent de Gállego, en el discurso de final de año de 2024.

El presidente de Aragón, Jorge Azcón, en Sallent de Gállego, en el discurso de final de año de 2024. / GOBIERNO DE ARAGÓN

El Periódico de Aragón

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Zaragoza

La Junta Electoral de Aragón ha rechazado el recurso presentado por el PSOE para instar la adopción de medidas cautelares respecto al tradicional discurso de fin de año que se difunde tradicionalmente a través de la televisión pública de la Comunidad por el presidente del Gobierno aragonés, Jorge Azcón, a fin de evitar posibles mensajes propagandísticos con motivo de la convocatoria electoral del próximo 8 de febrero.

En su resolución, hecha pública este sábado por el Ejecutivo aragonés, el organismo electoral se apoya en jurisprudencia de la Junta Electoral Central para señalar que la legislación no impide la aparición de los líderes políticos en los medios de titularidad pública, "fuera del tiempo de campaña pero dentro del periodo electoral.

Advierte, sin embargo, que esta jurisprudencia considera improcedente una impugnación de carácter priorístico, y que la interposición de un recurso por una posible vulneración de los principios que impiden la difusión de mensajes propagandísticos o de petición del voto debe producirse en un plazo de 48 horas tras la emisión del programa en un medio público.

Asimismo, señala el organismo electoral, debe descartarse que el discurso de fin de año del presidente del Gobierno de Aragón pueda infringir la normativa electoral, pues, de acuerdo con los servicios jurídicos del Ejecutivo autonómico, son reiterados los pronunciamientos de las distintas juntas electorales que consideran permitidos los actos de celebración regular y periódica establecidos.

Además, la Junta Electoral de Aragón afirma que en este caso debe de tenerse en cuenta que el tradicional discurso de fin de año del presidente dela Comunidad se plantea en relación a su posición exclusiva y personal y no como candidato de una formación política.

"En definitiva, lo que se deduce del marco normativo expresado es la improcedencia de admitir la adopción de medidas cautelares en relación con el discurso institucional de fin de año del Presidente del Gobierno, que no puede ser considerado a priori como un acto no permitido por la legislación electoral", añade este organismo.

Advierte, sin embargo, que una vez emitido el programa, "si alguno de los contenidos del discurso se entiende que infringe los límites de las actuaciones consideradas permitidas por la normativa electoral, constituyendo propaganda electoral prohibida por la misma, serían aplicables las previsiones de sanción correspondientes".

Recurso del PSOE

La solicitud de medidas cautelares fue hecha por el portavoz socialista en las Cortes de Aragón, Fernando Sabés, a través de un escrito en el que argumentaba que el discurso de fin de año del presidente de Aragón sirve para hacer balance de lo realizado y para proceder a hacer los anuncios que estime oportuno para el siguiente año.

Según el responsable socialista, esta situación podría contravenir la legislación vigente si se realizara como habitualmente, ya que pondría en "clara inferioridad" al resto de candidatos en un medio público como es Aragón TV y Aragón Radio, que, en su opinión, "debe buscar la ecuanimidad”.

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