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Cómo saber dónde me toca votar para las elecciones de Aragón: consulta el censo electoral y evita sorpresas de última hora

El corazón de todo este proceso es el censo electoral, el registro que reúne a quienes cumplen los requisitos para ejercer el derecho al voto. Es un censo único y permanente, y se actualiza cada mes.

Archivo: Un ciudadano ejerce su derecho en las urnas.

Archivo: Un ciudadano ejerce su derecho en las urnas. / Efe

El 8 de febrero, Aragón volverá a las urnas para elegir a sus representantes en las Cortes de Aragón. Una cita clave en el calendario político de la comunidad en la que podrá votar la ciudadanía que cumpla tres condiciones básicas: tener la condición política de aragonés, ser mayor de 18 años y estar inscrita en el censo electoral. Además, como marca la ley, no podrán hacerlo quienes tengan retirado el derecho de sufragio por una sentencia judicial firme durante el tiempo que dure esa pena.

¿Y qué significa exactamente tener la “condición política de aragonés”? El Estatuto de Autonomía de Aragón lo deja claro: la tienen los ciudadanos españoles que residan en cualquiera de los municipios aragoneses (es decir, con vecindad administrativa en Aragón) o quienes cumplan los requisitos que pueda establecer la legislación. También entran en esta definición los españoles que viven en el extranjero y que tuvieron su última vecindad administrativa en Aragón, siempre que lo acrediten en el Consulado de España correspondiente. Y, además, sus descendientes podrán ser considerados aragoneses siempre que mantengan la nacionalidad española en los términos que determine la ley.

Una vez convocadas las elecciones, hay un gesto pequeño pero importante que marca el camino hacia el día de la votación: la Oficina del Censo Electoral envía a cada elector y electora una tarjeta censal con los datos actualizados. En ella se indica con precisión dónde toca votar: la sección, la mesa y el local electoral asignado. Y si ha habido cambios —por ejemplo, modificaciones de mesas o traslados de locales— también se comunican para evitar despistes de última hora.

[Cuál es la multa por no presentarse a una mesa electoral en las elecciones de Aragón]

El corazón de todo este proceso es el censo electoral, el registro que reúne a quienes cumplen los requisitos para ejercer el derecho al voto. Es un censo único y permanente, y se actualiza cada mes. En el caso de las elecciones a las Cortes de Aragón, lo forman dos grandes grupos: los electores residentes en España (CER) y los residentes ausentes que viven en el extranjero (CERA).

¿Cómo consultar si estoy inscrito en el censo?

Quienes tengan activado el sistema Cl@ve pueden consultar sus datos de inscripción en el censo de forma rápida a través de la web del INE. En esa consulta aparece también información práctica para el día de la votación: la mesa y el local electoral que te corresponde: Consulta de Mesa y local electorales 

Ahora bien, si no tienes Cl@ve (o no quieres usarla), también puedes comprobar dónde te toca votar sin necesidad de identificarte. El sistema permite buscar la información con unos datos muy sencillos: la provincia, el municipio y la inicial del primer apellido. Con eso, ya puedes saber tu mesa y tu colegio electoral. Además, como es habitual en cada proceso electoral, los ayuntamientos y los consulados expondrán las listas electorales vigentes de sus respectivos municipios o circunscripciones, para que cualquier persona pueda revisarlas.

Una persona deposita una papeleta en una urna de unas elecciones en España.

Una persona deposita una papeleta en una urna de unas elecciones en España. / Agencias

Por su parte, la Oficina del Censo Electoral enviará a todos los electores y electoras la conocida tarjeta censal, con los datos actualizados y la información completa sobre sección, mesa y local de votación. Y si ha habido cambios de última hora (por ejemplo, un cambio de local o de mesa), también se notificará a las personas afectadas.

En el caso de quienes residen en el extranjero, la consulta online incluye un aviso importante: si se elige la opción de obtener un certificado, ese certificado no sirve para votar. Para la votación es obligatorio utilizar el documento que envía directamente la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral a cada elector o electora. Y si alguien no puede identificarse en la consulta digital, existen alternativas: se pueden comprobar los datos en el Ayuntamiento, en el Consulado correspondiente, en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral o llamando al teléfono gratuito 900 343 232.

¿Dónde tengo que votar?

Una vez convocadas las elecciones, expuestos los listados del Censo y transcurrido el período de reclamaciones (del 22 al 29 de diciembre), la Oficina del Censo Electoral remitirá a todos los/as electores/as una tarjeta censal con los datos actualizados de su inscripción en el censo electoral y de la Sección, Mesa y local en la que les corresponde votar y comunicará igualmente a los/as electores/as afectados las modificaciones de Secciones, Locales o Mesas que hayan podido producirse. Asimismo, los/as electores/as que dispongan del sistema Cl@ve podrán consultar sus datos de inscripción individuales, que incluirán también los de la Mesa y local donde le corresponde votar, a través de la página web del INE.

Elecciones municipales 2019.

Imagen de archivo de elecciones. / ANA PERDICES | Erupa Press

¿Cómo voto?

Los/as votantes se acercarán a la Mesa de uno en uno, manifestarán su nombre y apellidos a la Presidencia. Los/as Vocales e Interventores/as comprobarán a través de las listas del censo, el derecho a votar y la identidad del votante. El elector entregará por su propia mano a la Presidencia el sobre o sobres de votación cerrados que, sin ocultarlos en ningún momento a la vista del público, dirá en voz alta el nombre del votante y, añadiendo "Vota", entregará el sobre o sobres al votante, quien los depositará en la urna o urnas.

¿A qué hora abren y cierran los locales electorales?

La votación comienza a las 9 horas del 8 de febrero de 2026, aunque los locales están abiertos antes para que puedan presentarse los miembros de las Mesas electorales y se constituyan las mismas. y la jornada, La votación termina a las 20 horas, momento en el que el Presidente o Presidenta de la Mesa electoral anuncia el final de la votación. Sin embargo, si aún queda alguien dentro del local electoral, el/la Presidente/a de la Mesa le permitirá votar.

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