Los trabajadores de Stellantis Figueruelas se concentran en Zaragoza antes de un juicio contra la empresa
Ambas partes están citadas este lunes por el cómputo de los permisos retribuidos

Jaime Galindo

Los trabajadores de la fábrica de Stellantis Figueruelas se han concentrado este lunes a las 9 de la mañana frente a los juzgados de la Expo, en Zaragoza, donde tienen programada una vista contra la empresa por la interpretación de los permisos retribuidos. En ese sentido, desde el comité explican que la compañía los computa como días naturales y no laborales, como ellos reclaman y como aseguran que recoge el convenio colectivo. Por ejemplo, si el permiso por enfermedad de un familiar empieza el viernes, Stellantis contabiliza el sábado y el domingo como dos días de permiso, pese a no ser laborables.
Ahora, deberá ser el Juzgado de los Social número 6 de Zaragoza el que dirima sobre esta cuestión, que viene arrastrando un historial de desencuentros en el último año. La disputa se centra en la interpretación y aplicación del artículo 37.3 b del Estatuto de los Trabajadores, relativo a los permisos por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario.
En un comunicado hecho público la pasada semana, la parte social remarca que la reclamación fue acordada “por unanimidad” por todos los sindicatos con representación y que la decisión de acudir a la vía judicial se tomó en mayo de 2025, ante la falta de entendimiento con la empresa. “Dichos permisos, siguiendo la doctrina emanada del Tribunal Supremo y aplicada por el TSJ de Aragón, deberían ser días laborables y no naturales”, subrayaba el comité en dicho escrito. Asimismo, aseguran que en otras plantas del grupo en España estos permisos ya se cuentan como días laborables.

Imagen de archivo de la planta de Stellantis Figueruelas. / LAURA TRIVES
Antes de llegar al juicio, ambas partes intentaron acercar posturas sin éxito. Primero, en el Servicio de Mediación (SAMA), el pasado 18 de julio, y después el 21 de octubre en un acto de conciliación. Al no haber una entente, el 25 de noviembre se debería haber celebrado una vista que fue aplazada porque, según el comité, la empresa hizo una petición que la jueza consideró que debía dirimir el Ministerio Fiscal.
Stellantis argumentó entonces que el asunto afectaba al artículo 46 del convenio colectivo y que, a su entender, se estaría ante una cuestión propia de una eventual impugnación del convenio. La parte social rechaza esa interpretación y defiende que se trata de aplicar correctamente lo establecido por la ley, “por encima” de lo pactado en convenio, y niega que su demanda ponga en riesgo el texto del convenio. Tras escuchar los planteamientos, la jueza determinó que sea el fiscal quien aclare el encaje de la cuestión: si debe abordarse en el marco del convenio o si procede resolverlo como un conflicto colectivo por la aplicación del Estatuto de los Trabajadores.
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