La Justicia perdona una deuda de 322.500 euros a una zaragozana que perdió su casa en la crisis y seguía debiendo la hipoteca
Un juzgado de Zaragoza aplica la Ley de la Segunda Oportunidad y exonera el remanente hipotecario que arrastraba desde el desahucio de su vivienda en 2012

Imagen de recurso de la Ciudad de la Justicia de Zaragoza. / El Periódico
Perder la vivienda durante la crisis inmobiliaria iniciada en 2008 no siempre significó saldar la hipoteca. Miles de familias comprobaron entonces que, incluso después de que el banco se adjudicara el inmueble en la subasta, seguían arrastrando durante años una importante deuda pendiente. Ese fue el caso de una vecina de Zaragoza, que más de una década después de abandonar su casa ha conseguido que la Justicia le perdone un pasivo de 322.500 euros gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad.
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza ha acordado la exoneración parcial del pasivo insatisfecho de esta mujer, cuyo endeudamiento se originó principalmente por el remanente de una ejecución hipotecaria, al considerar que reúne los requisitos de buena fe exigidos por la legislación concursal.
La resolución, fechada el pasado 29 de junio, extingue deudas por valor de 315.500 euros correspondientes a Ibercaja -crédito posteriormente cedido a otra entidad-, Intrum y Financiera El Corte Inglés. El único crédito que queda fuera de la exoneración es una deuda con el colegio Juan de Lanuza de Zaragoza, al entender la magistrada que su condonación podría comprometer la viabilidad económica del centro educativo.
La vía de la dación en pago
La historia se remonta a 2005, cuando la afectada y su pareja adquirieron una vivienda unifamiliar en Zaragoza. Él trabajaba como autónomo en el sector de la construcción y ella colaboraba en tareas administrativas del negocio familiar. Además de la hipoteca de la vivienda habitual, avalaron dos operaciones inmobiliarias con la expectativa de reformar y vender otros inmuebles.
La llegada de la crisis financiera en 2009 truncó esos planes. La empresa dejó de cobrar importantes obras ejecutadas, mientras seguía soportando los costes laborales y financieros. La pareja trató de renegociar la hipoteca y solicitó incluso la dación en pago para cancelar la deuda, pero la entidad financiera rechazó esa posibilidad, según explica la Asociación de Ayuda al Endeudamiento (AEF), que ha llevado el caso.
Ante la inminencia del desahucio, abandonaron voluntariamente la vivienda en 2012 para evitar que sus dos hijas presenciaran el lanzamiento. Sin embargo, la subasta del inmueble no bastó para cubrir el préstamo pendiente y quedó un remanente cercano a los 300.000 euros, una carga que la afectada ha arrastrado durante más de quince años mediante embargos y limitaciones económicas.
La insolvencia fue consecuencia de "infortunio y causas o desdichas no previsibles", sin que existiera dolo o negligencia por parte de la deudora, según recoge el auto judicial. La magistrada también destaca que no tiene antecedentes penales, que el concurso no fue calificado como culpable y que ha colaborado en todo momento con el procedimiento, circunstancias que permiten apreciar su buena fe y conceder la exoneración.
Desconocimiento de la Segunda Oportunidad
La resolución señala además que las deudas procedían de la ejecución hipotecaria y de su condición de avalista, sin que el patrimonio disponible fuera suficiente para atender los pagos pendientes. Ninguno de los acreedores formuló oposición a la solicitud de exoneración durante la tramitación del procedimiento.
José Domínguez, abogado colaborador de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, subraya que todavía existe un importante desconocimiento sobre este tipo de situaciones. "Muchas personas creen que cuando el banco se queda con la vivienda la deuda desaparece. En numerosas hipotecas firmadas antes de la crisis no ocurría así, porque la casa se subastaba por un importe inferior al préstamo pendiente y el afectado seguía debiendo decenas o incluso cientos de miles de euros", explica.
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