La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Huesca ha acordado este lunes suspender el pleito por los murales del monasterio de Sijena, que el municipio monegrino de Villanueva reclama a Cataluña, hasta tanto no se pronuncie el Tribunal Supremo sobre los dos recursos de casación que la parte catalana interpuso contra la sentencia que le obliga a devolver las pinturas.

"Hemos considerado que, antes de seguir adelante, por razones de prudencia procesal, deben resolverse esos dos recursos", ha explicado Jorge F. Español, letrado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, que calcula que la resolución del procedimiento se demorará un año.

La parte catalana, representada por los abogados de la Generalitat y del Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC), se ha opuesto a la petición de Español y del pueblo de Villanueva.

"El caso se retomará en cuanto haya resuelto el Supremo", ha continuado el letrado que defiende los intereses del pueblo donde se sitúa el monasterio de Sijena, de donde fueron retirados los frescos en plena guerra civil y trasladados a Cataluña para evitar que pudieran sufrir daños, según se alegó en su momento.

Sin embargo, una vez terminado el conflicto, los frescos no volvieron a su emplazamiento original y en la actualidad se hallan expuestos en una sala del MNAC, en Barcelona.

Ahora, los letrados catalanes, Xavier Muñoz Puiggrós y Gonzalo Fernández de Arévalo, pueden apelar ante la Audiencia Nacional de Huesca.

El acto de hoy, celebrado en los Juzgados de Huesca, ha consistido en una vista previa a la celebración del juicio en el que las partes han planteado las cuestiones que consideran que deben resolverse antes de entrar en la fase de vista oral.

La magistrada ante la que se ha planteado la cuestión ha determinado que no es posible resolver algunas de las cuestiones planteadas por los abogados de la Generalitat y por los letrados del Ayuntamiento de Sijena y de la comunidad de religiosas del monasterio de Santa María de Sijena hasta que se pronuncie el Tribunal Supremo sobre el recurso planteado contra la sentencia del primer juicio celebrado el 18 de enero de 2016.

La magistrada ha estimado la petición del letrado de la comunidad de religiosas, que subsidiariamente solicitaba la suspensión de la vista previa en espera de la resolución del Tribunal Supremo.

Contrato de depósito

En el pleito actual, la Generalitat reclama el cumplimiento del contrato de depósito que las monjas de Sijena hicieron a su favor con la condición de que estuvieran expuestas. Por su parte los letrados del Ayuntamiento de Sijena y de la comunidad de religiosas han solicitado a la jueza el sobreseimiento de la causa y subsidiariamente la suspensión de la vista previa.

La magistrada entiende que algunas de las cuestiones que se plantearon en el primer juicio de las pinturas murales, cuya sentencia fue dictada el 4 de julio de 2016, y que están pendientes de resolver por el Tribunal Supremo tienen una clara incidencia sobre el litigio que ahora se plantea.

Sostiene por ello que esta cuestión hace que no sea posible continuar el procedimiento con el fin de evitar que se puedan producir sentencias contradictorias. En el primer juicio una de las cuestiones en litigio fue la titularidad de las pinturas en tanto que en el actual lo que se plantea es el cumplimiento del contrato de cesión de las pinturas a la institución catalana