Caso Abierto - El Periódico de Aragón

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SUCESOS EN ARAGÓN

Siete años y nueve meses de cárcel por violar a su pareja cuando volvía de fiesta en Zaragoza

Según los forenses, el relato de la víctima es "compatible" con las lesiones que presentaba: erosiones en la entrepierna y mordisco en el hombro izquierdo

El juicio por agresión sexual se celebró el pasado lunes 14 de noviembre ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza. EL PERIÓDICO

Aitor Carcas Andrés fue condenado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza a siete años y nueves meses de cárcel por violar a su pareja después de una noche de fiesta. Fue la madrugada del 7 de julio de 2019, en Zaragoza. Al llegar al domicilio, este joven de 22 años le penetró y le obligó a practicarle sexo oral, a pesar de que ella se negó en todo momento, tanto que Aitor le llegó a morder el hombro izquierdo y le quitó la ropa interior mientras se resistía. Un relato que los forenses consideraron “compatible” con las lesiones que presentaba la víctima.

De la pena total que se le impone a Aitor, siete años son por un delito de agresión sexual y nueve meses por uno de lesiones. Sobre él pesa también una orden de alejamiento de 300 metros durante un periodo de ocho años y la prohibición de tenencia de armas durante dos años. Además, deberá indemnizar con 4.000 euros a la víctima, defendida por el letrado Óscar Espinosa y a cuyo escrito de acusación se terminó adhiriendo el ministerio fiscal pues, en prima instancia, solicitaba un año de prisión por un delito de lesiones por violencia de género.

En este sentido, la fiscala Ana Díez decidió modificar sus conclusiones en la vista oral celebrada el pasado lunes 24 de noviembre y, aunque mantuvo esta pena, consideró que los hechos anteriormente relatados también suponían un delito de agresión sexual por lo que solicitó otros siete años de prisión para él.

Para Díez no existía ningún tipo de duda en que las relaciones sexuales fueron “no consentidas y empleando violencia o intimidación” y recalcó el hecho de que la ropa interior de la joven presentaba ropa de esperma.

Según los magistrados, el testimonio de la víctima es veraz debido a la concurrencia de ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia y firmeza en la incriminación. Los jueces también aluden las declaraciones de los forenses, pues últimos consideraron que el relato de la víctima es “compatible” con las lesiones que presentaba, pues apreciaron “erosiones” en la entrepierna y corroboraron el mordisco.

Además, la que fuera su psicóloga hasta enero de 2020 recordó que sufría trastorno del sueño, estrés y todos los cuadros que supone una sintomatología postraumática, “compatible con una persona que ha sufrido una agresión sexual”.

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