El origen del Justicia de Aragón
Una institución aragonesa creada hace 760 años

La Casa palacio de los Armijo en Zaragoza, sede del Justicia de Aragón. / EL PERIÓDICO
Aragón cuenta con más de 1200 años de historia desde que surgió, entre finales del siglo VIII y comienzos del IX, y al amparo del poder de Carlomagno, como un pequeño condado anclado en los Pirineos junto a los de Sobrarbe y Ribagorza. Más de un milenio da para muchísimo, y una de las cuestiones más destacadas fue la del sistema político y la foralidad que fueron desarrollándose a lo largo de varios siglos, siendo uno de los más avanzados de la Europa de su tiempo. Siempre hay que dejar claro que no se trataba de una especie de utopía casi democrática medieval, ya que esos fueros y privilegios, así como el sistema pactistade gobierno que trataba de poner límites al poder de los monarcas, iban enfocados a defender principalmente a los estamentos sociales o brazos (como se les llamaba en el reino aragonés), más poderosos.
Aun con todo, existieron varios hechos que marcaron una serie de singularidades desarrolladas en el reino aragonés y que merecen ser investigadas profundamente, y sobre todo divulgadas, para así conocer mejor nuestro pasado y de dónde venimos .Porque como dijo un grande como Eloy Fernández Clemente, “nadie defiende lo que no ama y nadie ama lo que no conoce”.
Una de esas singularidades de las que hablo fue que la formación y desarrollo de las Cortes del reino aragonés, fue uno de los primeros casos y origen del parlamentarismo representativo a nivel mundial, apenas superado en tiempo por las Cortes del reino de León y por el Parlamento inglés y su Carta Magna del año 1215. Pero hubo otrasmuchas cuestiones por las que Aragón y el sistema foralque se fue dando a sí mismo con el paso del tiempo fueron realmente pioneras. Por ejemplo, ya se contemplaba algo parecido a lo que hoy llamamos “presunción de inocencia”, e incluso en este mismo mes de octubre se cumple el 700 aniversario de la prohibición de la tortura judicialpara lograr confesiones a los reos. Es cierto que no se eliminó en todos los casos, pero no deja de ser sorprendente que en una fecha tan temprana como el año 1325, el reino aragonés contemplara la necesidad de limitar estos terribles métodos de confesión. También estaba el derecho de Manifestación, que suponía el reclamar el amparo del Justicia Mayor del reino en caso de que alguien pensara que se estaba llevando contra su propia persona un proceso judicial que no se atuviera a la legalidad.
Y es aquí donde entra otra singularidad propia del reino de Aragón, como es la institución del Justicia de Aragón, eliminada con los Decretos de Nueva Planta de Felipe V y Melchor de Macanaz a principios del siglo XVIII, y recuperada, aunque con otras atribuciones, con la autonomía aragonesa. Una institución privativadel reino, y que fue creada hace ya 760 años.
¿Pero cómo fueron sus orígenes y qué atribuciones llegó a tener para que fuera tan importante?
Hubo lugares en los que llegaron a existir figuras propias y de carácter local con el cargo de Justicia, como por ejemplo en Torrellas o Tarazona por poner dos ejemplos. También se conservan menciones a la figura del llamado Justicia del Rey, que aparece en un privilegio que otorgó Alfonso I el Batallador a la ciudad de Zaragoza en la figura de Pedro Giménez, y que aunque poco más se sabe de él, debió ser un cargo que tenía las atribuciones de ser un asesor legal del monarca. Pero una de las fechas clave es la del año 1265, cuando en las Cortes del reino celebradas ese año en Ejea de los Caballeros se estableció la figura del Justicia Mayor. Este cargo se convirtió ya en algo más, al pasar a ser un juez mediador a la hora de dirimir los pleitos que surgían entre el monarca y los nobles. Una atribución que fue ampliadaen 1283 con el Privilegio General concedido por Pedro III y que convertía al Justicia en el mediador legal de los conflictos jurídicos que se produjeran también entre los miembros de la nobleza.
Con el paso del tiempo, y hasta bien avanzado el siglo XV, esta institución fue desarrollando sus poderes, convirtiéndose en una especie de árbitro del reino, y en la figura que velaba porque todos, incluidoel monarca de turno, cumplieran con los fueros aragoneses. Era un cargo que no podía ser violado, ni tan siquiera por el rey, y que interpretaba el ordenamiento foral del reino cuando había pleitos, llegando a presidir las sesiones de las Cortes cuando el rey no estaba presente en estas. Algo que conllevó no pocas quejas de los diputados valencianos y catalanes cuando se celebraban Cortes Generales de todas las entidades políticas que conformaban la Corona de Aragón.
Desde el año 1442 se convirtió además en un cargo vitalicio, no pudiendo ser destituido ni por el mismísimo rey. Pero esto fue así hasta las Cortes celebradas por Felipe II en Tarazona en el año 1592, cuando dio un fuerte golpe a la independencia formal de la institución del Justicia como castigo por la rebeliónaragonesa del año anterior, y por el papel principal que en ella tuvo el Justicia Juan de Lanuza V el Mozo, ejecutado ilegalmente por orden real, por haber hecho lo que su cargo le exigía: defender contra viento y marea los fueros y libertades de un reino que hasta el monarca había jurado cumplir.
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