En enero del 2014 la CNMV publicó la imposición de tres sanciones a Banco Santander por 17 millones de euros por dos faltas muy graves y una grave cometidas en la comercialización de Valores Santander en el 2008 entre 129.000 personas, por un importe de 7.000 millones del que finalmente se perdieron grandes cantidades.

Estas sanciones administrativas ya eran firmes en julio del 2012, sin embargo no se publicaron en el BOE hasta 18 meses después porque en la CNMV existía la regla no escrita de no dar publicidad a las sanciones hasta no agotar la vía de recursos tanto administrativos como en los tribunales.

Todo ello a pesar de que la ley decía lo contrario: "Las sanciones por infracciones muy graves (o graves) serán publicadas en el BOE una vez sean firmes en vía administrativa", afirma la Ley del Mercado de Valores en sus artículos 102 y 103. Y se interpreta que sanción es firme cuando ha sido por firmada por el ministro de Economía.

La presidenta de la CNMV, Elvira Rodríguez, quiere acabar con estos retrasos y que la publicación de las sanciones sea inmediata, una vez sean firmes en vía administrativa. En enero del 2014 Rodríguez comunicó oficialmente este criterio a las entidades supervisadas e invocaba para ello, no solo el precepto legal, sino una sentencia del Supremo y un auto de la Audiencia Nacional. Solo en enero se publicaron 15 sanciones.

Este nuevo criterio trata de evitar casos como los de la comercialización de Valores Santander, un caso que, precisamente, la Audiencia Nacional ha aceptado investigar el 13 de junio a partir de denuncias presentadas por inversores.

En diferentes foros públicos, Rodríguez ha defendido que la ejemplaridad de las sanciones pierde eficacia cuando se publican con años de retraso y que es conveniente acercar su difusión lo más posible al momento de los infracciones cometidas.