Después de una semana de la publicación de las ayudas directas a pymes y autónomos y recibir numerosas llamadas de pequeños empresarios, la Confederación de la Pequeña y la Mediana Empresa (Cepyme) en Aragón pone en duda que los 141 millones de euros de la convocatoria vayan a llegar al tejido empresarial de la comunidad por la dificultad de cumplir con los requisitos fijados por el Gobierno central, según informa la patronal en un comunicado. La orden restringe los beneficiarios a aquellos que “el volumen anual de operaciones declarado, o el comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido, haya caído en 2020 más de un 30% respecto al de 2019” y que “no hayan declarado, por el ejercicio 2019, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas un resultado neto negativo”.

Es decir, se exige que las empresas hayan tenido un descenso de ventas del 30%, pero al mismo tiempo que sean empresas viables no estando en situación de resultado neto negativo en el 2019 y que, además, estén en la actualidad al corriente de sus obligaciones e incluidos en la relación cerrada de CNAEs que se indican en la norma. Asimismo, además de delimitar al beneficiario, se concretan igualmente los gastos subvencionables a aquellos que “se destinen a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando estos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021”, denuncia la confederación de la pequeña y mediana empresa en Aragón.

Tras esta doble delimitación, y dado que la subvención se destina a “satisfacer deuda y pagos”, las dudas que nos trasladan los empresarios son numerosas. Y es que, si la empresa está al corriente de pagos y no tiene deudas retrasadas pendiente de pago, ni de proveedores, ni de créditos porque se ha hecho el esfuerzo de pagar, a pesar de la disminución de los ingresos, ¿qué concepto o gasto puede atender con la ayuda publicada?

Igualmente, teniendo en cuenta los plazos de pago previstos en la normativa de prevención de la morosidad en las operaciones mercantiles (Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales) que es de 30 días, ¿es coherente decir que se atienden deudas que pudiendo estar devengadas desde el 1 de marzo del 2020 sigan impagadas a fecha de hoy y al mismo tiempo solicitar que la empresa sea “viable”, esté al corriente de sus obligaciones fiscales y laborales y no tenga reclamaciones por impago?, ¿queda como único supuesto de ayuda, al margen de alguna factura o recibo no pagado, el de satisfacer deuda bancaria?, ¿es, pues, una ayuda pensada para una empresa solvente pero que no ha pagado sus facturas en los últimos meses?

La respuesta genérica es que se subvencionarán las deudas no pagadas devengadas con antelación al 31 de mayo o con origen en contratos anteriores al 13 de marzo de 2021, y ello hace plantear la duda de cuántos autónomos o pymes cumplen en realidad tal combinación de requisitos para que esos 141.348.900 euros lleguen finalmente al tejido empresarial aragonés. El empresario solvente y al corriente de sus obligaciones cumple los plazos contractualmente previstos de pago y/o en todo caso los legalmente previstos en la Ley de lucha contra la morosidad y, por lo tanto, no tiene recibos o deudas pendientes de pago fuera de tales supuestos; ni siquiera las cuotas o plazos de deudas debidamente documentadas (un leasing, un préstamo con una entidad financiera, impuestos, cuotas de Seguridad Social…).