El Instituto Aragonés de Empleo (Inaem) ha ampliado esta semana el presupuesto de su convocatoria de ayudas para el Programa Arinser, dirigido a favorecer la integración sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión a través de las empresas de inserción. En concreto, se ha incrementado el crédito en cerca de 200.000 euros hasta alcanzar casi los 1,4 millones de euros.

Gracias a estas subvenciones las 17 empresas de inserción calificadas e inscritas en el registro del Inaem proporcionan empleo a más de 300 trabajadores, la mayoría de ellos procedentes de situaciones de riesgo de exclusión.

Las empresas de inserción forman parte de la economía social y son sociedades mercantiles o cooperativas promovidas por entidades sin ánimo de lucro con la finalidad de facilitar el acceso al mercado laboral de personas en situación de exclusión, proporcionándoles un puesto de trabajo, formación y acompañamiento durante un periodo máximo de tres años.

Para lograr la integración y formación sociolaboral de personas en situación de exclusión social como tránsito hacia el empleo ordinario, proporcionan a sus trabajadores, como parte de sus itinerarios de inserción, procesos personalizados y asistidos de trabajo remunerado, formación en el puesto de trabajo y habituación laboral y social. Asimismo, estas empresas deben tener servicios de intervención o acompañamiento para la inserción sociolaboral que faciliten su posterior incorporación al mercado de trabajo ordinario.

¿Cuáles son los colectivos de difícil inserción?

Las empresas de inserción pueden contratar como trabajadores a las personas en situación de exclusión social desempleadas e inscritas en el Servicio Público de Empleo, con especiales dificultades para su integración en el mercado de trabajo. El Inaem incluye aquellos que estén incluidos en alguno de estos colectivos:

  • Perceptores del Ingreso Aragonés de Inserción, así como los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de ellas.
  • Personas que no puedan acceder a la prestación citada anteriormente, bien por falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la Unidad Perceptora; o bien por haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
  • Jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 que hayan recibido o estén recibiendo medidas e instrumentos de protección de acuerdo con la Ley 12/2001, de 2 de julio, de la infancia y la adolescencia en Aragón.
  • Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
  • Internos de centros penitenciarios cuya situación les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, así como liberados condicionales y ex reclusos.
  • Menores incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial a que se refiere el artículo 53.4 del Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, así como los que se encuentran en situación de libertad vigilada y los ex internos.
  • Personas procedentes de servicios de alojamiento permanente o temporal autorizados por las Administraciones Públicas competentes.
  • Personas procedentes de servicios para el apoyo de la inclusión social del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública o aquellos autorizados por la normativa vigente.

¿Qué subvenciones contiene el programa Arinser?

  • Por creación y mantenimiento de empleo. Las empresas de inserción podrán percibir, durante tres años y por cada persona contratada, una subvención anual equivalente al 60% del salario mínimo interprofesional considerando 14 pagas.
  • Proyectos generadores de empleo estable. Las empresas de inserción de nueva creación o las que amplíen su plantilla generando nuevos puestos de trabajo, podrán beneficiarse de una subvención, con un máximo de 8.000 euros por cada nuevo puesto de trabajo creado.
  • Para la contratación de técnicos de inserción. Con la doble misión de desarrollar acciones de orientación y acompañamiento de trabajadores, así como de facilitar, a través de acciones de mediación, su plena integración laboral en empresas normalizadas.
  • Contratación de directores. Dirigidas a contratar directores, gerentes o personal técnico para garantizar la viabilidad de la empresa.
  • Asistencia para estudios y certificaciones. Para la realización de estudios de mercado, organización, comercialización; para auditorías contables y de gestión; para la realización de auditorías sociales; y para financiar costes derivados de la obtención de certificaciones de calidad, así como de sus sucesivas renovaciones.
  • Inserción en el mercado laboral normalizado. 4.000 euros por cada trabajador de su plantilla en proceso de inserción que logre incorporar como trabajador por cuenta ajena a empresas ordinarias.

Retorno de la inversión en las Empresas de Inserción

Por cada euro en inversión para lograr la inserción socio laboral de personas en riesgo de exclusión social, las empresas de inserción retornan a la sociedad aproximadamente 4,08€ en beneficios sociales, ambientales y socioeconómicos ligados a su objetivo principal de proporcionar a las personas en situación o riesgo de exclusión social un trabajo digno.