El colectivo que en 2025 quedará exento de presentar la declaración de la renta
Los perceptores del paro no declararán la Renta del año 2025 tras el aplazamiento por parte del Gobierno del real-decreto ley

Imagen de archivo de la declaración de la Renta / SERVICIO ESPECIAL
Helena Sala
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha anunciado un cambio en la obligación de presentar la declaración de la Renta 2024 para quienes perciben el subsidio por desempleo. Aunque la reforma del subsidio, vigente desde noviembre de 2024 tras la aprobación de un real-decreto ley que introducía este requisito, el organismo ha decidido suspenderlo temporalmente, según ha adelantado 'El País'.
Sin impacto en las prestaciones por desempleo
La instrucción que ha emitido el SEPE especifica que la presentación o no de la declaración del IRPF no tendrá repercusiones en la tramitación de las prestaciones. Esta decisión se debe a que la normativa no estuvo vigente durante los primeros diez meses de 2024, aunque el Gobierno no ha aclarado si en el futuro volverá a implementarse.
Esta reforma establece que la obligación de declarar aplica a todos los beneficiarios del subsidio, independientemente de sus ingresos. Esto incluye a quienes no superan el límite de 22.000 euros anuales con un solo pagador o los 15.876 euros del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) 2024 para quienes contaban con más de un pagador.
Aplazamiento hasta 2026 para declarar la Renta
Sin embargo, la reforma, aprobada en mayo de 2024, no empezará a aplicarse hasta 2026, correspondiendo a los ingresos percibidos en 2025. A pesar de ello, los perceptores del Ingreso Mínimo Vital y los autónomos seguirán obligados a presentar su declaración fiscal.
En concreto, esta nueva instrucción estipula que la prestación se suspenderá si no se presenta la declaración de la Renta dentro de los plazos establecidos a partir del año que viene, de acuerdo con las negociaciones con la Unión Europea para el cuarto pago de los fondos europeos.
Alivio para desempleados y nuevos cambios para trabajadores del SMI
Desde el inicio, la Agencia Tributaria aclaró que los desempleados no enfrentarían sanciones económicas si no cumplían con la declaración, sino que la penalización consistiría en la pérdida del subsidio. No obstante, algunos expertos advirtieron que ciertos parados podrían verse obligados a pagar impuestos dependiendo de las retenciones aplicadas, lo que generó preocupación entre los beneficiarios. Ahora, con este cambio de criterio, en 2025, los desempleados siguen teniendo la libertad de presentar la declaración si detectan que les resulta favorable.
Por otro lado, los trabajadores que perciben el SMI sí que se enfrentarán a un ajuste en la próxima campaña del IRPF. A pesar del aumento del salario mínimo a 16.756 euros anuales, el Ministerio de Hacienda ha decidido no elevar el importe deducible por rendimientos del trabajo en la misma proporción. Esto significa que el umbral exento de pagar IRPF se mantiene en 15.876 euros, lo que afectará principalmente a jóvenes con su primer empleo y trabajadores solteros sin cargas familiares.
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