Cuidado: estos son los pagos con Bizum que tendrás que declarar en la Renta para evitar problemas

La Campaña de la Renta arranca este 2025 en España con novedades en las transacciones digitales

Cuidado: estos son los pagos con Bizum que tendrás que declarar en la Renta para evitar problemas.

Cuidado: estos son los pagos con Bizum que tendrás que declarar en la Renta para evitar problemas. / SERVICIO ESPECIAL

La campaña de la declaración de la Renta está a punto de comenzar en España. A partir del 2 de abril de 2025, los contribuyentes podrán presentar su declaración de forma telemática, marcando el inicio de una nueva campaña fiscal en la que Hacienda refuerza la vigilancia sobre los movimientos digitales.

Como cada año, contar con el apoyo de un asesor fiscal puede ser clave para asegurarse de incluir todas las deducciones aplicables y evitar posibles sanciones. Un pequeño error u omisión en la declaración puede resultar costoso, especialmente ahora que Hacienda ha puesto la lupa sobre las transferencias electrónicas, como las realizadas a través de Bizum.

Bizum en el punto de mira: ¿qué operaciones hay que declarar?

El uso de Bizum se ha generalizado en los últimos años gracias a su rapidez y facilidad de uso. Sin embargo, no todos saben que ciertas transacciones realizadas mediante esta plataforma pueden estar sujetas a declaración en el IRPF, ya que Hacienda las considera equivalentes a transferencias bancarias.

Aunque el funcionamiento de Bizum sigue siendo el mismo, el control sobre sus operaciones ha aumentado. Desde este año, los bancos están obligados a informar a Hacienda sobre los movimientos que superen ciertos límites. En concreto, cualquier persona que reciba más de 10.000 euros anuales a través de Bizum deberá incluirlo en su declaración. Además, a partir del próximo año, el umbral de supervisión se reducirá, y aquellos que superen los 25.000 euros anuales estarán bajo un escrutinio aún mayor.

¿Cuándo es obligatorio declarar un Bizum?

No todas las transacciones mediante Bizum deben declararse. Movimientos ocasionales como compartir gastos con amigos, pagar una cena o hacer un regalo no generan ingresos y, por tanto, no requieren ser incluidos en la Renta. Sin embargo, hay ciertos casos en los que sí es obligatorio hacerlo:

  • Ingresos por actividades económicas: Si un autónomo cobra a sus clientes mediante Bizum, estos pagos forman parte de su facturación y deben ser declarados.
  • Alquileres: Si un propietario recibe el pago de la renta a través de Bizum, este se considera un rendimiento de capital inmobiliario y debe figurar en la declaración.
  • Ventas recurrentes de productos o servicios: Cuando se obtienen ingresos de manera habitual a través de Bizum, se considera una actividad económica y debe ser declarada.
  • Movimientos que superen los 10.000 euros anuales: Aunque no estén relacionados con una actividad profesional, las cantidades que superen este umbral deben ser informadas a Hacienda.

¿Qué pasa si no declaro estos ingresos?

Omitir en la declaración de la Renta un Bizum que debería incluirse puede derivar en sanciones económicas. Dependiendo del importe no declarado, las multas pueden oscilar entre los 600 euros y el 50% de la cantidad omitida. Con las nuevas normativas, Hacienda dispone de más herramientas para detectar estos movimientos y cruzar datos con los bancos, reduciendo así la posibilidad de evasión fiscal.

Para evitar problemas, es recomendable revisar detalladamente todas las transacciones digitales y asegurarse de cumplir con las obligaciones fiscales. La digitalización de los pagos conlleva mayor comodidad, pero también una supervisión más estricta por parte de la Administración Tributaria.

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