Los jubilados no se podrán jubilar de esta manera: el Gobierno les deja fuera de la reforma

CSIF anuncia que los empleados públicos no podrán beneficiarse de este tipo de retiro

Varios jubilados descansan en un banco.

Varios jubilados descansan en un banco. / José Carlos Guerra

Luis Miguel Mora

Los empleados públicos no se podrán beneficiar de un tipo de jubilación según la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF). El sindicato ha denunciado que esta medida perjudicará al personal funcionario y al estatutario, es decir, al personal de la Sanidad. El ministro Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, ha revelado el motivo de esta decisión.

El titular de este ministerio ha asegurado a los sindicatos UGT y CCOO que el Gobierno quiere asumir el compromiso de imponer una tasa adicional de empleo para que el personal del sector público pueda continuar prejubilándose de forma anticipada. De este modo, se quiere asegurar un relevo generacional a la vez que se consigue que los jóvenes pueden conseguir un empleo.

A pesar de la voluntad del Ejecutivo, el CSIF considera que las medidas son insuficientes, y por eso pide que "se proceda de manera inmediata a la regulación de este derecho para todo el personal funcionario, estatutario y laboral, así como la convocatoria de la Mesa de Negociación".

La nueva ley se aplicará el 1 de abril

A partir del 1 de abril, entrará en vigor el cambio en la Ley General de la Seguridad Social y del Estatuto de los Trabajadores que afecta directamente a la jubilación parcial de los funcionarios. Por este motivo, los representantes de los funcionarios piden al ministro Óscar López que se negocien los cambios antes de la aplicación de la ley.

El sindicato alega que se debería seguir respetando el "acceso a la jubilación parcial anticipada, que lleva años aplicándose con normalidad entre el personal laboral del conjunto de las administraciones". Sin embargo, la aplicación de la nueva normativa pondría en riesgo la continuidad.

Los ayuntamientos y las administraciones provinciales y autonómicas ya han confesado que a partir de que se publicase el decreto-ley con la actualización, se han paralizado las solicitudes de funcionarios que pidan acceder a la jubilación parcial. Según denuncia el CSIF, se está haciendo "una interpretación restrictiva de la norma, a la hora de compatibilizar esta modalidad de contrato con la regulación y las garantías de acceso al empleo público".

¿Cómo se puede pedir la jubilación parcial?

La jubilación parcial es una modalidad que permite a un trabajador reducir su jornada laboral mientras empieza a percibir una parte de su pensión de jubilación. Para acceder a ella, es necesario cumplir algunos requisitos, como haber alcanzado una edad mínima de jubilación, contar con el periodo mínimo de cotización exigido por la Seguridad Social y, que la empresa proponga un contrato de relevo con otro trabajador. Aquí es donde está el problema con los funcionarios, porque es más difícil de hacer este tipo de relevos.

La reducción de la jornada puede oscilar entre el 25 % y el 50 %, ampliable al 75 % en algunos casos. Esta opción facilita una transición progresiva hacia la jubilación total, permitiendo compatibilizar trabajo y pensión. Es una de las opciones favoritas de los trabajadores, porque pueden dejar de trabajar gradualmente y no cortar de golpe su rutina diaria que han mantenido durante muchos años.

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