Buenas noticias para los trabajadores: Yolanda Díaz suprime definitivamente por ley este tipo de despido
Una modificación en el estatuto de los trabajadores obligará a las empresas a las empresas a adaptar el espacio laboral a las necesidades de sus empleados

Yolanda Díaz en una imagen de archivo / EFE / Javier Lizón
Luis Miguel Mora
Los trabajadores pueden estar tranquilos porque, a partir de ahora, sus empresas no podrán despedirlos si le ocurre alguna de estas circunstancias. Yolanda Díaz ha hecho una gran modificación en el Estatuto de los Trabajadores, que protege a los empleados frente a ceses injustificados. Esta reforma incluye medidas que garantizan la seguridad laboral en determinadas situaciones de enfermedad.
Según datos del Ministerio de Trabajo, en el primer semestre de 2024 se registraron casi 270.000 despidos improcedentes. Esto ha llevado a casi 150.000 personas a presentar demandas ante el juzgado para considerar una readmisión por cese injustificado.
La nueva ley ya está aprobada
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, impulsó un proyecto de ley que para reformar el Estatuto de los Trabajadores y la Ley General de la Seguridad Social. El Senado ya ha dado luz verde a este cambio que tiene el objetivo de suprimir el despido automático de los trabajadores que piden y les sea concedida la incapacidad permanente.
Esta es una práctica muy habitual en las empresas, porque cuando un empleado recibe el reconocimiento de una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, muchas compañías proceden a rescindir automáticamente su contrato de trabajo. Es decir, dan por finalizada la relación laboral sin necesidad de que haya una solicitud expresa del trabajador ni una resolución judicial.
Hasta ahora, en el artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, se establece que se permite la extinción del contrato por "incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del trabajador", sin necesidad de alegar un despido improcedente o disciplinario.
Los puestos se tendrán que adaptar antes de despedir
Tras la aprobación por parte del Senado de la nueva ley, estas personas afectadas por la incapacidad permanente podrán decidir si quieren continuar trabajando en su empresa en el plazo máximo de un mes. Si deciden continuar en la empresa, tendrán un plazo de tres meses para adaptar el puesto de trabajo a las nuevas necesidades, modificar la posición del empleado o extinguir el contrato si estos ajustes representan una "carga excesiva".
Mientras se lleva a cabo esta operación, los trabajadores no cobrarán el salario, sino que recibirán el subsidio de incapacidad temporal, es decir, la baja laboral.
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