Este es el dinero que ganas estando de baja: "No estás cobrando el sueldo"

"El error más habitual es pensar que te quitan complementos y pluses"

Así debes leer tu nómina a final de mes para comprobar que está todo bien

Así debes leer tu nómina a final de mes para comprobar que está todo bien / PEXELS

Zaragoza

No es extraño que, a lo largo de la vida laboral, un trabajador atraviese un momento delicado de salud que le obligue a coger la baja. Todavía más si tenemos en cuenta el último informe del Banco de España sobre materia, en el que alerta del incremento del número de trabajadores que están de baja, que ha pasado del 2'5% antes del 2020 al 4'5% actual.

Según el organismo, detrás de este crecimiento, generalizado en todo Europa aunque no en la intensidad que se ve en España, puede estar el empeoramiento de la salud de las personas después de la pandemia, el envejecimiento de los trabajadores o los altos niveles de empleo.

Desde el punto de vista del trabajador, estar de baja tiene una implicación directa en su bolsillo porque no, no se cobra lo mismo que un mes normal.

"El error más habitual"

El influencer Un tío legal ha explicado en su cuenta oficial de Instagram cómo se calcula la cantidad que percibirán estando de baja. "El error más habitual es pensar que te quitan complementos y pluses", comienza. Es un error porque lo que cobras no es el sueldo, sino la prestación por Incapacidad Temporal (IT).

Por ello, hay que tener en cuenta la base reguladora del mes anterior a la baja, es decir, el sueldo bruto, y a partir de ahí, calcular la cantidad diaria correspondiente. ¿La razón? Porque no todos los días valen igual para la Seguridad Social.

Como norma general, durante los tres primeros días, el trabajador no cobra nada; del día 4 al 20, el 60% y a partir del 21, el 75%. Es decir, no se cobra una cantidad fija, sino un porcentaje de la base de cotización. Por eso, en esa cantidad global para calcularla se integran partes variables del salario como pluses que tenga el trabajador y otro tipo de complementos.

Esta es la norma general, puesto que hay convenios sectoriales o de empresa que pueden mejorar esos porcentajes, por ejemplo, posibilitando al trabajador cobrar el 100% desde el primer día de baja. En ese caso, sería la propia empresa la que aportaría el porcentaje restante sobre el estipulado por la Seguridad Social para completar la totalidad de la base reguladora.

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