Baja laboral retribuida por calor extremo: casos y cómo solicitarla
Los fenómenos atmosféricos límite son cada vez más habituales en España

Trabajadores durante la ola de calor. / Jordi Otix
Patricia López Avilés
La dana que sacudió Valencia el pasado 29 de octubre dejó imágenes escabrosas de empleados viéndose obligados a trabajar a pesar del mal temporal.
Y la indignación no fue para menos: en las redes sociales se viralizaron mensajes de apoyo hacia los repartidores de una conocida cadena de supermercados que tuvieron que conducir el camión de la empresa por las calles inundadas.
El cambio climático es una realidad
Fenómenos como estos temporales no serán los últimos que ocurran en nuestro país. El cambio climático es un hecho, y los fenómenos atmosféricos como los episodios de calor extremo o las alertas rojas por lluvias son y serán cada vez más habituales.
En 2023, más de 8 mil personas murieron debido al calor en España. Eso demuestra que realmente hay un riesgo para aquellos que tienen un trabajo en el que deben estar varias horas expuestos al sol y a las temperaturas extremas.
Permiso por riesgo climático
Para evitar poner en riesgo innecesariamente a los trabajadores y tras lo sucedido en la Comunitat Valenciana, el Ministerio de Trabajo aprobó en noviembre el permiso laboral por riesgo climático. Se trata de una baja retribuida para no asistir al trabajo en casos de fenómenos meteorológicos adversos.
Esta normativa, recogida en el Real Decreto-ley 8/2024, modifica el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores y busca proteger la integridad de los empleados ante restricciones de movilidad o situaciones de riesgo extremo.
Según el nuevo artículo 37.3.g, el permiso cubre hasta cuatro días retribuidos en los que las autoridades competentes impidan o desaconsejen acudir al centro de trabajo.
Transcurridos cuatro días
Es más, en los casos en que las tareas puedan realizarse a distancia, la empresa podrá optar por el teletrabajo, siempre y cuando se garantice la provisión de los medios tecnológicos adecuados.
Una vez transcurridos los cuatro días, el permiso se podrá prolongar si persisten las circunstancias meteorológicas que lo ocasionaron.
No obstante, la ampliación sí que podrá ir acompañada de la suspensión temporal del contrato o la reducción de jornada, pero no quiere decir que te despidan.
112.000 avisos a empresas
El Real Decreto-ley también modifica el artículo 47.6 del Estatuto para agilizar la aplicación de Erte por fuerza mayor cuando persista la imposibilidad de trabajar presencialmente tras los primeros cuatro días de permiso.
Finalmente, se incorpora un nuevo apartado (4.e) al artículo 64, que obliga a las empresas a informar a los representantes de los trabajadores sobre las medidas previstas ante alertas meteorológicas.
Para garantizar el cumplimiento de la normativa, se han enviado más de 112.000 avisos a empresas para asegurar la correcta prevención y protección ante el estrés térmico.
Plan Estival 2025
“No solo vamos a controlar las condiciones de trabajo en la época de verano, sino que vamos a luchar contra la contratación irregular y el fraude”, ha advertido Yolanda Díaz, la ministra de Trabajo durante la presentación del 'Plan Estival 2025'.
Es más, ha explicado que impondrán sanciones a las empresas que incumplan la norma. La Inspección de Trabajo podrá sancionar con multas que parten de los 2.450 euros hasta los 980.000 euros en el caso de que la infracción sea de las más graves.
Será obligatorio adaptar las condiciones de trabajo cuando se activen avisos de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo por parte de la Aemet o de los organismos autonómicos competentes.
Esta exigencia pretende garantizar que las decisiones empresariales estén alineadas con los protocolos de seguridad y salud.
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