Hacienda puede bloquearte la cuenta si haces esto: no caigas en la trampa
Conoce a quién afecta esta medida y como puedes evitarla

Una oficina de la Agencia Tributaria. / ARCHIVO
Patricia Páramo
El Ministerio de Hacienda ha anunciado una medida fiscal que puede afectar seriamente a las finanzas de determinados contribuyentes: la suspensión cautelar de cuentas bancarias y tarjetas de crédito o débito. Esta acción no se aplicará de forma generalizada, sino que estará enfocada a personas físicas o jurídicas consideradas de alto riesgo fiscal por la Agencia Tributaria. En otras palabras, no todo el mundo debe preocuparse, pero si estás en el punto de mira del fisco, conviene que sepas cómo funciona esta medida, a quién afecta y cómo puedes evitarla.
¿A quién puede afectar esta nueva medida de Hacienda?
Esta actuación extraordinaria está dirigida únicamente a contribuyentes con deudas superiores a 600.000 euros, o a quienes acumulen reiterados incumplimientos tributarios, incluso si sus deudas son inferiores. La Agencia Tributaria los cataloga como “perfiles de alto riesgo”, ya que existe la sospecha de que podrían intentar retirar o mover fondos al ser notificados de un procedimiento fiscal en su contra.
Cada año se publica un listado oficial de grandes morosos, disponible en la web de la Agencia Tributaria, que incluye a todas las personas y empresas con deudas fiscales firmes superiores al umbral mencionado. Este documento es de acceso público, y su finalidad es promover la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Estar en esa lista puede ser el primer paso para sufrir una suspensión de cuentas.
¿Qué significa que Hacienda te suspenda las cuentas y tarjetas?
Cuando Hacienda decide aplicar esta medida, el efecto es inmediato. Se bloquean todas las cuentas bancarias, tarjetas y productos financieros asociados al contribuyente. Esto quiere decir que no se pueden realizar pagos, transferencias ni retiradas de efectivo, y las tarjetas quedan completamente inactivas. También se puede afectar el acceso a líneas de crédito o productos de inversión.
La medida se ejecuta como una paralización preventiva, no como un embargo. Es decir, los fondos siguen siendo del titular, pero no puede utilizarlos hasta que se resuelva su situación con la Agencia Tributaria.
Cómo saber si estás en la lista negra de Hacienda
Hacienda notificará formalmente a los afectados, pero cualquier ciudadano puede consultar si aparece en el listado de grandes deudores. Solo hay que acceder al portal de la Agencia Tributaria y buscar el archivo con el listado más reciente. La consulta puede hacerse por nombre o NIF, y la información está organizada de forma clara para su descarga o visualización online.Los contribuyentes incluidos en esta lista recibirán una notificación a través de correo postal certificado o mediante comunicación electrónica en la sede digital de la Agencia, siempre que tengan activada la Cl@ve PIN, DNI electrónico o certificado digital.
¿Se puede revertir la suspensión de cuentas?
Sí. Esta medida no es definitiva y puede ser revertida si el contribuyente toma acción rápidamente. Para ello, es posible:
- Pagar la deuda total acumulada.
- Solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del pago.
- Presentar alegaciones si se considera que hay un error en la inclusión en la lista.
Cuanto antes se actúe, mejor. La rapidez en la gestión puede evitar que la situación derive en un embargo de bienes o en la apertura de un procedimiento judicial.
¿Te pueden bloquear la cuenta por otros motivos?
Sí. Aunque esta medida está dirigida a grandes deudores, los bancos también pueden bloquear cuentas por sospechas de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo. Según la normativa del Banco de España, cualquier operación que supere los 1.000 o 3.000 euros en efectivo o transferencias no justificadas puede activar alertas automáticas en el sistema financiero.
En estos casos, los bancos tienen la obligación legal de solicitar a sus clientes documentación sobre su identidad, origen de fondos y actividad económica. Si el titular no responde adecuadamente, el banco puede bloquear la cuenta sin previo aviso. Además, por imperativo legal, las entidades no están obligadas a dar explicaciones detalladas, ya que deben guardar secreto sobre sus actuaciones ante posibles fraudes.
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