Aviso de la Seguridad Social: si has hecho la mili en España, puedes tener una alegría sobre la jubilación
La institución ha confirmado que puede ser determinante para completar los años mínimos de cotización

Aviso de la Seguridad Social: si has hecho la mili en España, puedes tener una alegría sobre la jubilación. / El Periódico
Ricardo Castelló
Los cambios en la normativa en la Seguridad Social son constantes, pero en esta ocasión perjudicó a todos los trabajadores que veían próxima su jubilación, ya que redefinieron la edad de retiro en función de las necesidades demográficas y económicas del país.
A principios de año, el organismo activó una nueva estructura en la edad de jubilación que afecta a los ciudadanos nacidos entre 1960 y 1970. Esta reforma recoge dos opciones de retiro ordinario: jubilarse a los 66 años y seis meses o a los 65 años, aunque han de tener cotizado al menos 38 años y tres meses.
Aunque pocas personas en España son conscientes, estos cambios incluyen un aspecto esencial para poder acceder cuanto antes a la jubilación anticipada. Se trata de haber realizado el servicio militar obligatorio o a la prestación social sustitutoria.
Esto se debe a que todas las personas que hayan acudido al servicio militar pueden sumar hasta un año para cumplir con los requisitos legales necesario y así retirarse antes de la edad establecida. El principal objetivo es facilitar el acceso a la jubilación anticipada.
Según como informó la Seguridad Social, esta ayuda es válida tanto para la jubilación anticipada voluntaria como para la involuntaria, aunque es clave acreditar su participación en el servicio militar.
Sin embargo, este beneficio no afecta a quienes optan por la jubilación ordinaria. Uno de los aspectos que hay que tener en cuenta es que hay que pedir la documentación con mucha anticipación para evitar retrasos en la resolución de la sociedad.
Las personas que deseen beneficiarse de esta medida tendrán que solicitar un certificado oficial en la Delegación del Ministerio de Defensa.
Aparte, con este documento se ha de presentar juntamente con el DNI ante la Seguridad Social. El proceso no será inmediato, debido a que el organismo tendrá que verificar y sumar el periodo al historial de cotización del interesado.
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