Un abogado laboralista resuelve la eterna duda sobre si te puedes ir de viaje cobrando el paro: "Cuando se entere el SEPE..."
'Un tío legal' ha explicado los casos en los que seguirás cobrando el paro, aunque te vayas de vacaciones

Un abogado laboralista explica si te puedes ir de viaje cobrando el paro / PIXABAY
Estar en desempleo no es fácil para nadie. Te despiden de tu trabajo y tu único recurso económico depende de la prestación de desempleo y de los ahorros que has logrado durante el tiempo que has estado trabajando. Una de las eternas dudas de los desempleados que están cobrando el paro es que si pueden irse de vacaciones por la amenaza de que el SEPE les quite la ayuda económica.
Un popular abogado laboralista -Un tío legal- ha publicado un vídeo en su canal de Instagram para resolver este eterno debate entre los desempleados. Y es que en algunos casos debes avisar al SEPE antes de salir de España para no arriesgarte a perder una prestación que en muchos casos necesita tu familia para seguir adelante. "Sí se puede viajar fuera de España cobrando el paro, aunque hay ciertos límites que debes conocer porque puedes dejar de cobrar el paro, seguir cobrándolo o incluso perderlo", explica.
Si el desempleado que cobra el paro se marcha de vacaciones al extranjero durante menos de dos semanas no es necesario que avises al SEPE a excepción que no afecte a tu búsqueda activa de empleo.
La situación es completamente diferente si tu viaje fuera de España dura más de 15 días y tienes previsto estar en el extranjero por un tiempo inferior a 90 días. "Tienes que avisar al SEPE y pedir autorización porque el paro se suspende y lo reanudas cuando vuelvas".
"Te lo reclamará"
Hay otros dos casos que también explica Un Tío Legal cuando viajas más de 90 días al extranjero, pero tu estancia es inferior al año. "El paro se suspende obligatoriamente y cuando vuelves solo puedes retomarlo si han sido por motivos de formación o búsqueda de empleo activa que son programas recogidos por el propio SEPE.
Por último, si estás más de un año fuera de España pierdes definitivamente el derecho a la prestación porque se entiende que no vas a residir en el país. "En resumen, puedes salir de España y sino cumples uno de estos requisitos, lo que va a hacer el SEPE cuando se entere es reclamártelo y vas a tener que devolverle el dinero.
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