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El Estatuto de los Trabajadores lo confirma: puedes llegar tarde al trabajo sin que te descuenten dinero por estos motivos

El artículo 37.3 de la ley ampara ciertos retrasos o ausencias por causas familiares o justificadas

El Estatuto de los Trabajadores lo confirma: puedes llegar tarde al trabajo sin que te descuenten dinero por estos motivos

El Estatuto de los Trabajadores lo confirma: puedes llegar tarde al trabajo sin que te descuenten dinero por estos motivos / EL PERIÓDICO

¿Sabías que hay casos en los que puedes llegar tarde al trabajo sin que te descuenten dinero ni te sancionen? El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores lo deja claro: si tu retraso o ausencia está justificada y documentada, la empresa no puede penalizarte.

Llegar tarde al trabajo suele ser motivo de sanción o, como mínimo, de un buen tirón de orejas por parte del jefe. Sin embargo, el Estatuto de los Trabajadores contempla una serie de situaciones excepcionales en las que no se puede penalizar al empleado por llegar tarde o ausentarse durante parte de la jornada. Eso sí, deben cumplirse unos requisitos concretos y estar debidamente justificados.

Cuándo se puede llegar tarde al trabajo sin penalización

El artículo 37.3 regula los permisos retribuidos, es decir, los periodos en los que puedes ausentarte del trabajo sin perder salario. Incluye situaciones como el fallecimiento o enfermedad grave de un familiar, el nacimiento de un hijo, un traslado de domicilio habitual o el cumplimiento de un deber público o personal, como acudir a un juicio o votar.

En todos estos casos, si avisas y presentas el justificante correspondiente, el tiempo que no estés en tu puesto no se considera falta ni impuntualidad.

La norma también protege a quienes deben acompañar a familiares a urgencias o citas médicas, como exámenes prenatales o clases de preparación al parto, algo que muchos convenios colectivos amplían o especifican.

En estos supuestos, el tiempo que el trabajador se ausente o se retrase no puede considerarse injustificado, y la empresa está obligada a mantener su retribución íntegra.

Qué requisitos hay que cumplir

Para acogerse a este derecho, el trabajador debe avisar con antelación siempre que sea posible y aportar un justificante que acredite la causa.

Por ejemplo, un parte médico, una citación judicial o un certificado del registro civil. Si el motivo es imprevisto —como una urgencia familiar—, deberá comunicarlo tan pronto como sea posible.

La ley no fija un tiempo exacto de antelación, pero sí exige buena fe y justificación documental. La empresa puede solicitar pruebas, pero no puede negarse a conceder el permiso si el hecho está contemplado en la ley.

¿Y si el jefe no acepta?

Si el empresario descuenta el salario o impone una sanción disciplinaria pese a que el permiso esté amparado por el artículo 37.3, el trabajador puede reclamar sus derechos ante la Inspección de Trabajo o el Juzgado de lo Social.

En estos casos, la jurisprudencia suele fallar a favor del empleado si se demuestra que el retraso o ausencia estuvo justificado.

En resumen: no, no puedes llegar tarde sin motivo, pero sí puedes hacerlo sin penalización cuando la causa es justa y acreditada.

El derecho laboral también contempla que, a veces, la vida se impone al reloj.

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