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El Estatuto de los Trabajadores lo confirma: estos son tus derechos si tienes hijos menores de 12 años

La reducción de jornada, la flexibilidad o el teletrabajo están dentro de este abanico para ayudar a la conciliación

La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, durante la presentación del IV Informe de la Comisión Asesora para actualizar el SMI en 2026, en el Ministerio de Trabajo y Economía Social, a 12 de diciembre de 2025, en Madrid (España).

La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, durante la presentación del IV Informe de la Comisión Asesora para actualizar el SMI en 2026, en el Ministerio de Trabajo y Economía Social, a 12 de diciembre de 2025, en Madrid (España). / A. Pérez Meca - Europa Press

Muchos trabajadores no lo saben, pero tienen reconocido por ley que pueden reducirse la jornada para el cuidado de menores de 12 años con todas las garantías.

Conciliar la vida laboral con la familiar es uno de los grandes quebraderos de cabeza de la sociedad actual. Los tiempos han cambiado y ahora lo más normal es que ambos progenitores trabajen, lo que propicia que cada día sea un difícil tetris para cuadrar horarios, turnos, colegios y cuidados.

Pero aparte de la clásica reducción de jornada, el Estatuto de los Trabajadores reconoce otros derechos de los que se pueden beneficiar los padres y madres trabajadores.

El artículo 34, apartado octavo, es muy claro en ese sentido: "Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral. Dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la empresa", dice.

Yendo más al detalle, es hasta que los hijos o hijas cumplan 12 años, si bien hay casos en los que por edad, accidente o enfermedad, siempre y cuando vivan en el mismo domicilio, también está reconocido.

Es importante detenerse en que "dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas" y para ello se entabla una negociación con la empresa hasta llegar a un acuerdo en cuestiones de cambios de turnos, movimientos de jornada, teletrabajo o cualquier otra circunstancia.

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