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Ya es oficial, la Seguridad Social te permite cobrar dos pensiones al mismo tiempo: estos son los requisitos

La legislación española permite esta fórmula

La ministra de Inclusión Seguridad Social y Migracioneas y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, durante una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, a 3 de febrero de 2026, en Madrid (España).

La ministra de Inclusión Seguridad Social y Migracioneas y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, durante una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, a 3 de febrero de 2026, en Madrid (España). / Alberto Ortega - Europa Press

Benito Domínguez

Quizá no los sabías, pero la Seguridad Social te permite cobrar dos pensiones al mismo tiempo. Eso sí, hay que cumplir con una serie de requisitos para tener este respaldo institucional.

Y es que la legislación española permite esta fórmula con la intención de dar apoyo económico a aquellas personas que han cotizado en diferentes regímentes a lo largo de su vida laboral.

Estos régimenes diferentes pueden ser una pensión de jubilación y una pensión de viudedad, pero ojo, tienes que comprobar que no haya incompatibilidades entre ambas prestaciones.

Una pareja.

Una pareja. / FREEPIK

Asimismo, tienes que haber cotizado el tiempo mínimo exigido en cada régimen para tener derecho a la prestación. Y te en cuenta que cada régimen tiene su propio tiempo mínimo, así que no te puedes confiar.

Ahora bien, cuánto voy a cobrar de jubilación. Pues debes saber que hay que tener en cuenta la base reguladora y los años cotizados. La base reguladora es la media de las bases de cotización de los último años de trabajo. Después se aplica un porcentaje según los años cotizados.

Para realizar todos estos cálculos, lo mejor es que contactes con un asesor experto en Seguridad Social, también te pueden ayudar en tu propio banco o caja de ahorros con la que trabajes normalmente.

Básico

Eso sí, en resumen, ten en cuenta lo básico que necesitas para cobrar dos pensiones al mismo tiempo:

  • Las pensiones tienen que ser de regímenes distintos.
  • No puede haber incompatibilidades entre ambas pensiones.
  • Tienes que haber cotizado el tiempo mínimo exigido en cada régimen.
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