La Seguridad Social confirma la jubilación anticipada sin coeficientes reductores: el BOE publica a qué trabajadores beneficia
"Es un paso adelante en justicia social", señala la ministra

El Periódico de Aragón
Manuel Riu
El Consejo de Ministros ya ha aprobado el procedimiento para establecer los coeficientes reductores que permitan anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social para las actividades más penosas o peligrosas.
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha afirmado que algunos trabajos se vuelven especialmente duros en los últimos años de vida laboral y que los datos avalan la existencia de actividades con más accidentes de trabajo y enfermedades profesionales asociadas. En el marco del diálogo social -ha recordado-, el Ejecutivo acordó con las organizaciones sindicales y empresariales diseñar un procedimiento basado en criterios objetivos para que los trabajadores que desempeñan esas actividades puedan anticipar su jubilación.
El cambio, según ha manifestado Elma Saiz, "nos acerca a políticas aprobadas por los países del entorno europeo, como Francia, Austria o Italia, pero sobre todo es un paso adelante en justicia social". Para acreditar que se dan las circunstancias que justifican la aplicación de los coeficientes reductores, se ha establecido una fórmula a partir de indicadores objetivos: la incidencia de la incapacidad temporal, los fallecimientos e incapacidades permanentes y la duración media de esos procesos.

Entrevista a Elma Saiz, ministra de Seguridad Social / Jaime Galindo. / EPA
Elma Saiz ha indicado que, posteriormente, se elaborará un informe para medir también otros factores como las contingencias comunes o profesionales, la edad y el sexo, la rotación en el trabajo o el tamaño de la empresa. Las organizaciones empresariales, sindicales y de autónomos y, en algunos casos, las propias administraciones públicas serán las encargadas de solicitar la aplicación de los coeficientes reductores a un colectivo concreto. El Ministerio recabará informes de diversos organismos, y una comisión de evaluación con representantes ministeriales y de los interlocutores sociales informará sobre el reconocimiento de los coeficientes. La aplicación de estos conllevará un incremento de la cotización a la Seguridad Social, conforme "al principio de equidad y de justicia contributiva de nuestro sistema", según ha defendido Elma Saiz.
Aquí queda reflejado
Esta medida se refleja en el Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, por el que se regula el procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores.
Tal y como explican desde el despacho de abogados Sammos Legal, un trabajador con discapacidad del 65 por ciento "alcanza los requisitos de cotización, tiene la discapacidad reconocida ≥ 65 %, puede adelantar su jubilación respecto de la edad ordinaria mediante coeficientes reductores especiales, sin penalización en la cuantía".
Por su parte, "un bombero con al menos 35 años de servicio efectivo puede jubilarse a los 59 años en lugar de 60 si su cuerpo lo permite, aplicando un coeficiente reductor del 0,20 por cada año trabajado como bombero".
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