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Miles de jubilados pueden pagar hasta un 75% menos en la declaración de la renta y no lo saben

Un régimen transitorio del IRPF permite reducir de forma muy notable la tributación de ciertos seguros colectivos de empresa contratados antes de 2006

Calcula tu jubilación.

Calcula tu jubilación. / FREEPIK

Se acerca la campaña de la Renta y con ella, conviene mirar al detalle todos los beneficios fiscales que se pueden aplicar en la declaración, algunos de ellos poco conocidos para la mayoria. Es el caso de la exención a la que puede acogerse ciertos jubilados que cobraron o van a cobrar un seguro de empresa, lo que puede estar sujeto a una reducción del 75% en la factura fiscal.

La Agencia Tributaria explica que esta no es una deducción general y utomática sino una disposición transitoria de la Ley de IRPF para determinados contratos suscritos antes del 20 de enero de 2006. Esta reducción está recogida en el Manual práctico de la Renta elaborado por Hacienda, concretamente dentro del apartado de reducciones aplicables a prestaciones derivadas de seguros colectivos que instrumentan compromisos por pensiones.

Qué seguros incluye esta reducción

No cualquier ahorro para la jubilación puede aplicarse este beneficio. Tienen que ser seguros colectivos contratados por la empresa para complementar la pensión por jubilación de sus trabajadores, una figura distinta a los planes de pensiones individuales. Si el contrato se firmó antes del 20 de enero de 2006 y el trabajador ya estaba asegurado entonces, la prestación que se cobre al jubilarse puede beneficiarse del régimen fiscal anterior.

Imagen de archivo de la Agencia Tributaria

Imagen de archivo de la Agencia Tributaria / EL PERIÓDICO

En la práctica, esto significa que en determinadas circunstancias, la cantidad de dinero percibida como prestación puede aplicarse una reducción del 75% sobre la parte correspondiente a contribuciones empresariales imputadas fiscalmente al trabajador. En otros supuestos, la reducción puede ser del 40%.

Requisitos

En cualquier caso, un requisito importante que conviene tener en cuenta es que solo se aplica cuando el cobro se realiza en forma de capital, no en rentas periódicas, según subraya la Agencia Tributaria.

Las huchas son el primer 'amigo' del ahorro.

Esta reducción puede suponer un ahorro de miles de euros en determinados casos. / FP

Además, el tiempo es otro factor clave, ya que la reducción solo puede aplicarse a las cantidades cobradas en el ejercicio en que se produce la jubilación o en los dos siguientes. Si el rescate del capital se realiza más tarde, se pierde ese derecho.

Para poder solicitar la reducción, el contribuyente necesita presentar la documentación necesaria para acreditar la antigüedad del contrato y las primas satisfechas. Sin esta información, Hacienda puede denegar este beneficio fiscal.

En un momento de ajustes en las pensiones y presión fiscal, los expertos fiscales recomiendan revisar toda la documentación del seguro de empresa antes de presentar la declaración. En determinado casos, poder aplicar este régimen supone un importante ahorro de miles de euros para la jubilación.

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