Confirmado por Hacienda: si cuidas de tus padres mayores de 65 años puedes deducirte hasta 1.150 euros en la declaración de la Renta
Aunque muchos hogares no lo aprovechan, cuidar a un familiar mayor en casa puede suponer una importante rebaja en la factura del IRPF

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, este viernes en declaraciones a los medios en Sevilla. / Francisco J. Olmo - Europa Press
Cuidar de los padres y abuelos en casa es una realidad cada vez más habitual en España y, en muchos casos, supone un importate esfuerzo en los hogares tanto a nivel familiar, como emocional y económico. Lo que muchas personas desconocen es que el sistema fiscal contempla un beneficio que puede aliviar esta situación y reducir la factura de la Renta si se convive con un ascendiente y se cumplen ciertos requisitos.
No se trata de una ayuda directa, sino de una deducción por ascendiente a cargo. Esta reducción disminuye la base sobre la que se calculan los impuestos, de modo que se paga menos en la declaración de la renta o la devolución puede ser mayor. Hacienda fija una cuantía de 1.150 euros anuales por cada ascendiente mayor de 65 años y hasta 2.550 euros si supera los 75.
Además, algunas comunidades autónomas cuentan con ayudas específicas que permiten ampliar aún más el ahorro para las familias que cuidan de sus familiares en el hogar.

Imagen de archivo de la Agencia Tributaria / EL PERIÓDICO
Cuantía de la deducción en función de la edad
Como hemos comentado, la cuantía de la deducción depende de la edad del ascendiente a cargo y las circunstancias familiares, con un importe que oscila entre los 1.150 euros mínimo desde los 65 años, hasta un máximo de 2.559 euros anuales, en el caso de los contribuyentes mayores de 75 años.
Otro de los aspectos a tener en cuenta es que la deducción se aplica de manera individual, por lo que si en un hogar conviven dos mayores con derecho a la deducción, el beneficio fiscal para la unidad familiar se multiplica por dos.

Eva Abril
Requisitos para acceder a la deducción
Para poder acceder a este beneficio fiscal, se deben cumplir determinadas condiciones de convivencia e ingresos:
- Edad: La persona debe ser mayor de 65 años salvo que tenga una discapacidad igual o superior al 33%, ya que en este caso la deducción se aplica sin tener en cuenta la edad.
- Convivencia: Debe acreditarse la convivencia efectiva y continuada durante al menos 6 meses al año, excluyendo todas aquellas situaciones en las que el mayor convive de manera esporádica o temporal con la unidad familiar.
- Límite de rentas: Los ingresos anuales del ascendiente no pueden superar los 8.000 euros, sin tener en cuenta rentas exentas, y no puede presentar declaración de IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.
- Cuando dos contribuyentes se responsabilicen del cuidado del mismo ascendiente (por ejemplo, varios hijos), la deducción se distribuira a partes iguales y así debe reflejarse en la declaración individual.

Cuidado de personas mayores. / EL PERIÓDICO
La Agencia Tributaria podrá solicitar documentación que respalde la relación familiar y la convivencia, como padrón, recibos de suministros, contratos de alquiler o justificantes de pago.
Además, en determinadas comunidades autónomas, como Aragón y Castilla La Mancha, los contribuyentes que cumplan estos requisitos tendrán derecho a ayudas adicionales por el cuidado de personas dependientes o mayores de 75 años.
La deducción por ascendientes a cargo puede marcar la diferencia entre una declaración a pagar o una a devolver. Al aplicar esta reducción, disminuye la base sobre la que se calculan los impuestos, lo que se traduce en un menor importe final. En muchos casos,el resultado puede mejorar de forma notable, especialmente en hogares con rentas medias.
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