Hacienda lo confirma: algunas madres con niños de entre tres y cinco años podrán deducirse más de 400 euros en la Renta
La campaña de la Renta 2025 comenzará el próximo 8 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio

La vicepresidenta primera del Gobierno y secretaria general del PSOE-A, María Jesús Montero. / PSOE-A
Con el inicio de la campaña de la Renta a la vuelta de la esquina, que comenzará el 8 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio, quien más, quien menos ya tiene un ojo puesto a acogerse a diferentes deducciones fiscales que le permitan o disminuir su deuda con el fisco o ingresar algún euro extra. En este apartado, hay una serie de conceptos comunes a todos los contribuyentes tales como ser afiliado a un sindicato o a una organización sin ánimo de lucro y otras que dependen de la comunidad en la que residas a efectos de Hacienda.
No son las únicas ayudas contempladas. Este año hay novedades interesantes para las familias, que van a ver como pueden conseguir un ingreso extra a través de la Renta gracias a una deducción para miles de madres que podría alcanzar hasta 460 euros por cada hijo de entre 3 y 5 años.
Requisitos
Este espaldarazo económico está destinado a cubrir las necesidades a partir de la franja de los 3 años, ya que la etapa de 0 a 3 años cuenta con una ayuda de 1.200 euros para las madres de esos menores que pueden cobrarse de dos vías, a través de la declaración de la Renta o mediante un ingreso mensual de 100 euros. Este ingreso podrá ampliarse con ayudas a la guardería de hasta 1.000 euros.
Sin embargo, las madres con menores de entre 3 y 5 años también podrán acogerse a ayudas económicas. Este beneficio afecta a aquellas mujeres que residan en la Comunidad Valenciana, ya que es una deducción autonómica.
Las exigencias de la norma son claras: la contribuyente deberá haber tenido la residencia habitual en la comunidad durante el ejercicio fiscal 2025 y estar trabajando, ya sea por cuenta propia o ajena. El beneficio no podrá superar el total de cotizaciones durante los meses en los que el menor se encuentre en esa franja de edad y con un tope de la suma de la base liquidable general y la del ahorro de 30.000 euros en el caso de declaración individual o de los 47.000 euros si es conjunta.
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