¿Naciste después de 1960? Consulta la edad a la que podrás jubilarte según la tabla oficial de la Seguridad Social
La normativa vigente fija la edad ordinaria de jubilación según los años cotizados. Así queda la tabla por año de nacimiento y qué dice la Seguridad Social

Tres personas mayores sentadas en un banco / IÑAKI OSORIO / FDV
Marcos Rodríguez
La pregunta se repite cada año entre miles de trabajadores: ¿cuándo podré jubilarme? Aunque muchas personas creen que la edad legal ya es de 67 años para todos, la realidad es distinta. La normativa vigente mantiene dos edades ordinarias de jubilación en función de la carrera de cotización y establece un calendario progresivo que culminará en 2027.
No se trata de una reforma recién aprobada. El calendario fue diseñado en la Ley 27/2011, que elevó gradualmente la edad ordinaria de jubilación de los 65 a los 67 años, y posteriormente ha convivido con otras reformas del sistema de pensiones que han introducido cambios en incentivos, modalidades de jubilación o en el cálculo de la pensión. Sin embargo, sigue siendo una información poco conocida y que cada año genera dudas entre quienes se acercan al final de su vida laboral.
Según la Seguridad Social, en 2026 podrán jubilarse a los 65 años quienes acrediten 38 años y tres meses o más de cotización. Quienes no alcancen ese periodo deberán esperar hasta los 66 años y 10 meses. Desde 2027, el calendario quedará definitivamente fijado: 65 años para quienes acrediten 38 años y seis meses de cotización o más y 67 años para el resto.
Así queda la edad de jubilación según el año de nacimiento

Tabla que muestra la edad de jubilación según el año de nacimiento y si se reúne o no la cotización exigida / El Periódico
La misma lógica continúa para los años posteriores, siempre con la legislación vigente.
Conviene tener presente que esta tabla es orientativa y refleja exclusivamente la normativa actualmente en vigor. Es decir, muestra cuándo correspondería acceder a la jubilación ordinaria si las reglas actuales permanecen sin cambios. Las Cortes Generales pueden modificar en el futuro la legislación sobre pensiones, como ya ha ocurrido en distintas ocasiones durante las últimas décadas.
La edad no es el único requisito
La edad es solo una parte de la ecuación. Los años cotizados siguen siendo determinantes para acceder a la jubilación ordinaria a los 65 años y también influyen en el cálculo de la pensión. Además, continúan existiendo modalidades como la jubilación anticipada, la demorada, la activa o la flexible, cada una con requisitos específicos.
La propia Seguridad Social recomienda comprobar periódicamente la vida laboral y utilizar su simulador oficial antes de tomar decisiones sobre el retiro. Ese es el mejor modo de conocer la fecha estimada de jubilación y la cuantía aproximada de la futura pensión conforme a la normativa vigente.
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