El 1 de enero del 2016 entró en vigor la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, de tal forma que durante 15 años los objetivos de la Agenda deben guiar todas las decisiones de los países miembros de la ONU. La Agenda 2030 constituye un plan de acción en favor de las personas, el planeta, la prosperidad, la paz mundial y la erradicación de la pobreza, todo ello mediante una Alianza Mundial para el Desarrollo Sostenible. Los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y las 169 metas propuestas en la Agenda se aplican en todos los países respetando sus políticas y prioridades nacionales y abarcan todos los ámbitos posibles.

Para la consecución de estos objetivos juegan un papel fundamental los parlamentos nacionales y autonómicos promulgando legislación y aprobando presupuestos, así como los gobiernos nacionales, regionales y locales implementando la misma. Por tanto, es responsabilidad de las administraciones públicas el cumplimento de los ODS en su ámbito territorial y en el ejercicio de sus competencias, y una forma de hacerlo es a través de la contratación pública.

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público se convierte en un instrumento de políticas públicas en la medida que ya no es suficiente acudir al mercado para satisfacer necesidades, sino que debe hacerse de una forma socialmente responsable y ambientalmente sostenible. Así, la Ley prevé la obligación de establecer al menos una condición de ejecución que tenga carácter social y/o medioambiental y prevé la posibilidad de establecer criterios de adjudicación vinculados al objeto del contrato de carácter social y/o medioambiental en los pliegos rectores de las licitaciones públicas. Ejemplo sería la gestión sostenible del agua, producción ecológica, comercio justo, igualdad de género, etc.

Actualmente la Ley obliga solo a incluir en el pliego del contrato una única condición especial de ejecución medioambiental o social, pero es necesario ir más allá, de tal forma que la potestad de las administraciones públicas para incluir varias condiciones especiales de ejecución y criterios de adjudicación en los contratos de carácter social y medioambiental se convierta en una realidad y desde aquí poder avanzar en el cumplimiento de la Agenda 2030.

Las administraciones públicas se convierten en una pieza clave para que sus políticas se dirijan al cumplimiento de los ODS, ya que en materia de contratación su papel adquiere una gran importancia debido a lo que el gasto en contratación pública supone respecto del Producto Interior Bruto. En ese sentido, las administraciones pueden ser promotoras de cambio en las entidades privadas, pues si estas no cumplen los pliegos de la licitación, no pueden contratar con la Administración perdiendo un ámbito de negocio muy importante.

Es necesario también que las administraciones elaboren planes formativos, instrucciones, manuales de buenas prácticas y guías para que los distintos departamentos incorporen criterios sociales y medioambientales en todos los contratos públicos. Sirvan de ejemplo, la Guía del IAM para la inclusión de cláusulas sociales, y la web contratacionpublicaresponsable.org, que recoge, entre otras cosas, un buscador de cláusulas medioambientales y sociales.