La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha ratificado este lunes la condena dictada contra España por la aplicación de la 'doctrina Parot' a la etarra Inés del Río. A juicio de los magistrados, la justicia española vulneró el derecho de Del Río al llamado principio de irretroactividad por habérsele alargado su estancia en prisión.

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El fallo, que es definitivo y no puede ser objeto de recurso, pide -con 16 votos contra 1-, la excarcelación de la miembro de ETA, y dice -por unanimidad- que España vulneró el artículo 5.1 (Derecho a la libertad y a la seguridad) y -por 15 votos contra 2- el artículo 7 (No hay pena sin ley) del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Asimismo, condena al Estado español a indemnizar con 30.000 euros a Del Río.

La citada doctrina fue fijada por el Tribunal Supremo en febrero del 2006 para impedir la puesta en libertad del etarra Henri Parot (de ahí su nombre) y establecía que, en casos de delitos de sangre particularmente graves, las redenciones de las condenas por beneficios penitenciarios no debían descontarse del plazo máximo de confinamiento, sino de la suma total de las condenas impuestas.

La sentencia de este lunes solo aborda este caso, pero sus conclusiones van a tener efectos prácticos más allá del mismo por la repercusión que puede llegar a tener en todos los presos a los que se les haya aplicado. Así, se abre la puerta a la excarcelación de más de medio centenar de presos de la banda terrorista, así como a siete del GRAPO, uno del GAL y 14 presos comunes, uno de ellos condenado por 74 violaciones.

Atentado de la plaza de la República Dominicana

Del Río formó parte del histórico 'comando Madrid' a mediados de los años 80, liderado por José Ignacio de Juana Chaos y responsable, entre otros, del atentado con coche bomba en julio de 1986 en la madrileña plaza de la República Dominicana, en el que murieron 12 guardias civiles.

Fue condenada por 23 asesinatos a 3.000 años de cárcel, de los que 2.232 correspondían a esa acción, y pese a que su puesta en libertad debería haberse producido en julio del 2008, por haber obtenido los beneficios penitenciarios, la aplicación de la doctrina la pospuso al 2017.