Varapalo judicial al Gobierno. La Audiencia Provincial ha estimado el recurso de los herederos del dictador Francisco Franco contra el depósito cautelar de los bienes muebles del pazo de Meirás. Los jueces revocan el auto de la jueza de primera instancia y permiten a los nietos del militar golpista retirar los bienes muebles que, inciden, no fueron reclamados por el Estado en su acción reivindicatoria, que se limitó al edificio y fincas. La Audiencia concede además a los Franco derecho a ser indemnizados por los daños que pudieron derivarse de la orden judicial. La resolución es firme.

Los jueces argumentan que la titularidad de los muebles debería ser, en todo caso, objeto de otro pleito. "Lo único que se demandó, y así se estimó, es un derecho de propiedad sobre una parcela catastral", argumentan en el auto, que no es recurrible. Los magistrados se muestran muy duros y llegan a afirmar que la medida cautelar "degeneró en una incautación de la totalidad de los bienes muebles existentes en el interior del pazo, a disposición de la Administración General del Estado, sine die". "Parece obligado recordar que España, en la Constitución de 1978, se configura como un Estado social y democrático de Derecho, siendo la igualdad ante la ley una de las características que diferencian a las democracias de los regímenes dictatoriales. Proclamada igualdad ante la ley que no solamente no distingue, sino que prohíbe distinguir. No caigamos en lo que decimos que rechazamos", advierten en su auto.