El artículo 56 de la Constitución española señala que la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad, y añade que sus actos están siempre refrendados por el presidente del Gobierno y por los ministros competentes en cada caso. Se trata de una salvaguarda lógica respecto a su actuación como jefe del Estado, pero que suscita debate sobre si debería tener límites en ámbitos de carácter privado.

El asunto aparece de forma recurrente en el debate político desde que la Fiscalía del Tribunal Supremo abrió las primeras investigaciones al Rey emérito Juan Carlos I por las sombras aparecidas en torno a la gestión de su patrimonio. Sin embargo, todas las iniciativas impulsadas -siempre desde formaciones de la izquierda- para anular o al menos acotar este privilegio han chocado hasta el momento con la oposición de los partidos mayoritarios.

Una de las razones que previsiblemente justificarán el archivo de todas las investigaciones será, precisamente, que Juan Carlos I era penalmente irresponsable antes de su abdicación en 2014, un periodo temporal en el que tuvieron lugar la mayor parte de cobros presuntamente irregulares.  

Además de las tres diligencias que aún se mantiene abiertas la Fiscalía -por las comisiones por la construcción del AVE a La Meca, uso de tarjetas opacas y la existencia de una cuenta la isla de Jersey- existen otros asuntos que parecen arrojar sombras sobre la actuación del monarca, y que pertenecen a una etapa en la que la justicia no podía sobrepasar determinados límites en sus pesquisas.

Una de ellas es la de la constitución del Fondo de Infraestructuras Hispanosaudí constituido en marzo de 2007 entre ambos países, impulsado por Juan Carlos I y en el que participó su examante Corinna Larsen. En el Memorandum sobre su constitución, a la que ha tenido acceso El Periódico de España, diario del mismo grupo, Prensa Ibérica, que este periódico, se apuntan dudas de los propios interesados en este fondo sobre si sus inversiones podrían ser opacas al fisco

Las sospechas sobre la existencia de una presunta fortuna escondida del rey Juan Carlos planearon durante la investigación realizada a finales de los años 90 por la Fiscalía Anticorrupción tras la suspensión de pagos de la filial española de la Kuwait Investment Office (KIO), a cuyo frente se encontraba el empresario Javier de la Rosa, muy cercano al monarca. 

Parte de este puzle se ha desvelado al darse a conocer el borrador de uno de los decretos de archivo redactado por el fiscal Anticorrupción Alejandro Luzón relativo a las pesquisas sobre Jersey, que revela que Juan Carlos I fue beneficiario, hasta 2004, de dos 'trust' residenciados en dicho paraíso fiscal llamados Tartessos y Hereu (heredero en catalán), que habían sido constituidos por su amigo Manuel de Prado y Colón de Carvajal. El diplomático fue condenado en el caso KIO por apropiación indebida de fondos procedentes de la sociedad kuwaití, un dinero que jamás apareció.

Además, El Periódico de España revela este martes que la denomina policía política controlada por el excomisario José Manuel Villarejo -investigado por la Audiencia Nacional y que parece presente en todas las etapas oscuras de la historia política española desde el inicio de la democracia-, urdió un plan para proteger al emérito precisamente de las consecuencias del caso KIO.

Otro asunto que arroja sombras sobre el emérito es el caso Nóos, que por primera vez sentó en el banquillo a un miembro de la Casa Real, la Infanta Cristina, y que concluyó con una sentencia de cinco años y 10 meses de cárcel para su marido, Iñaki Urdangarin, por malversación, prevaricación, fraude, dos delitos fiscales y tráfico de influencias.

Coincidiendo con la sentencia del Tribunal Supremo que dio firmeza a esta condena en junio de 2018, el juez que instruyó la causa en Palma de Mallorca, José Castro, manifestó en declaraciones a La Sexta que, a su juicio, Juan Carlos I debería haber sido citado para responder sobre la donación de 1,5 millones de euros que hizo a su hija Cristina para la compra del palacio de Pedralbes "si no fuera inviolable".

Con esta tesis coincidía en esas mismas fechas fiscal Anticorrupción Pedro Horrach, adscrito a la causa, que indicó que la inviolabilidad de la que gozaba el hoy emérito en cumplimiento del artículo 56 de la Constitución, debería estar sujeta a "límites determinados". Para ambos investigadores, la Constitución le evitó el paseíllo en los juzgados de Palma como testigo o como imputado, ya que ambos consideraban que dicha donación pudo ser constitutiva de delito fiscal.

Otras investigaciones parecen quedar fuera del periodo de inviolabilidad, aunque esto no quiere decir que terminen prosperando. Es el caso de la que implica al primo del rey emérito, Álvaro de Orleans Borbón, en relación con la fundación Zagatka, constituida en Lichtenstein. 

El aristócrata declaró como testigo ante los fiscales españoles el pasado mes de marzo que los ocho millones de euros que la citada fundación abonó en vuelos privados para el rey emérito procedían de su patrimonio personal, y que el abono de los mismos no buscaba sino proteger la privacidad de los desplazamientos del anterior jefe del Estado entre 2009 y 2018. 

Al corresponder parte de los mismos a un periodo posterior a la abdicación, hablaríamos de hechos situados fuera de la protección de la inviolabilidad del monarca, si bien es previsible que no acaben generando ninguna responsabilidad porque fueron objeto de su segunda regularización fiscal, por la que Juan Carlos abonó un total de 4.395.901,96 euros.