El juez que durante nueve meses ha investigado la entrada de Brahim Gali en España, en abril del año pasado, ya no ve ni falsedad documental ni encubrimiento en la actuación de la ex cúpula del Ministerio de Exteriores y tiene muchas dudas se que existiera prevaricación. Su relato ha dado ahora un giro de 360 grados en el escrito en el que archiva de manera provisional la causa contra Camilo Villarino, jefe de gabinete de la ex ministra, Arancha González Laya.

Rafael Lasala, magistrado del Juzgado de Instrucción Número 7 de Zaragoza, asume por primera vez las razones esgrimidas por el Gobierno para permitir que Gali, enfermo de Covid, fuera atendido en nuestro país, tras pedirlo directamente Argelia. Aunque mantiene aún imputada a González Laya reconoce que "por el momento no se ha conseguido indicio alguno" de que ella o Villarino "participaran en la falsificación de un documento de identificación personal" o "en su presentación" en el hospital de Logroño (La Rioja). Y tampoco, prosigue, "cabe hablar de encubrimiento" de los delitos por los que se investigaba a Gali en dos causas distintas en la Audiencia Nacional, una de ellas ya sobreseída. Sobre el delito de prevaricación admite que "no es fácilmente apreciable", al menos en lo que respecta al ex jefe de gabinete.

Los intereses de Marruecos

Cabe recordar que el juez abrió la investigación después de que un particular, el abogado Antonio Urdiales, presentó una denuncia por que resultaba "imposible de creer" que las autoridades "no conociesen" que en España había dos causas abiertas contra Gali. "No existe precedente en España, ni en ningún otro lugar, ni las repúblicas bananeras, que por motivos de humanidad, se conceda a un presunto delincuente, investigado por delitos de la máxima gravedad, un visado para acceder a territorio nacional". Urdiales esgrimió para ser admitido como acusación particular el perjuicio que a él, con familia marroquí, le ocasionaba la crisis diplomática abierta con Marruecos por la atención a Gali. A él se unió después otro letrado, Juan Carlos Navarro, identificado por el Ejecutivo español como cercano a Rabat, que además actuaba en representación de Juan Vicente Arias, ex diputado del PP. Su filiación política no es relevante, lo importante es la amistad que mantiene con Mohamed Rachad, con buenas conexiones con el Ejecutivo marroquí.

A lo largo de estos meses, Lasala ha accedido a prácticamente todas las peticiones de estas dos acusaciones y ha cuestionado todos los argumentos ofrecidos por Exteriores para explicar las razones de una entrada discreta de Gali a España. Hasta ahora. Su visión de los hechos es totalmente distinta, según pone de manifiesto su último auto. Asume que la discreción se produjo "para no contrariar los intereses de un país vecino, que consideraba de modo abiertamente hostil a Brahim Gali", en alusión a Marruecos. Que todas las gestiones realizadas, incluidas la petición a las autoridades de Defensa de que no requerirle el pasaporte, "reflejan la buena voluntad de quien decide ayudar al enfermo y una actitud humanamente irrepochable". Y que como se hizo de este modo, "para no ofender a terceros países" tras "la cuestión humanitaria" entra en juego "la valoración diplomática" que es "inobjetable penalmente". "El Gobierno tan sólo responde política y socialmente de sus aciertos o de sus equivocaciones".

El juez corrige su relato

El juez se retracta así de todo lo que ha sostenido. Desde Exteriores se defendió siempre que a Gali no se le pidió la documentación porque viajaba en un avión de Estado (Argelia) y gravemente enfermo. Cortesía diplomática. Y se insistió en que cumplieron la legalidad ya que uno de los artículos del Acuerdo de Schengen ampara que no haya control de pasaportes. "Por motivos humanitarios, de interés nacional o por obligaciones internacionales, todo Estado miembro podrá autorizar la entrada en su territorio a nacionales de terceros países", aunque no dispongan de la requerida documentación.

Pese a ello Lasala pidió a Interpol y a la oficina Sirene, el sistema de información de Schengen, si alguno de los Estados miembros de este espacio de libre circulación había librado orden europea de detención o de mera localización a fin de comparecer ante una autoridad judicial contra Gali. Se le informó que no, que era admisible en España. Tampoco esto le convenció. En un auto del pasado 7 de octubre señaló que "no sólo consta que no se ha hecho (la consulta a Sirene), sino que se ha reconocido que no se ha querido hacer de forma deliberada con el fin de que la entrada fuera discreta", en referencia a que no se informó al resto de países para que Marruecos no se enterara, dejando claro entonces que este argumento no le convencía.

"No ha de olvidarse -proseguía el juez- que se investiga también si la conducta podría tener la finalidad de evitar problemas judiciales en nuestro país, de quien de manera tan peculiar entraba, pues caso de saberse de un proceso judicial contra una persona y aunque no haya medidas cautelares contra ella, las autoridades han de poner en conocimiento de los juzgados competentes la localización del sujeto investigado".

Prevaricación: su proceso deductivo

Este es el único hilo que ahora permanece abierto: "aclarar si se decidió asistir a Brahim Gali y permitir su acceso a España a sabiendas de que estaba interesada su declaración como investigado en dos causas penales" en la Audiencia Nacional. En el escrito de archivo provisional de Villarino atribuye explícitamente la decisión sobre la entrada del líder polisario "al presidente del Gobierno" y reitera la obligación de colaborar con la justicia aun cuando "no hubiera interesada una orden de detención". Apunta únicamente a su identificación o localización.

A esto reduce ahora todas sus pesquisas. "Si nada se sabía de la condición procesal de Gali, ningún reproche legal cabe realizar". Pero le "inquieta" que desde el Ministerio de Interior se llamara al de Exteriores para informarles que la policía judicial les había comunicado que existía una providencia del juez de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, para que se localizara a Gali, una vez que se supo a través de los medios de comunicación. Camilo Villarino respondió que "por supuesto, que se hiciera de inmediato". Al juez le preocupa que la policía judicial no reconoce haber dicho nada a Interior. Y según su "proceso deductivo", si no lo hicieron y tampoco cabe la "excusa" de que lo conocieran por los medios, Lasala infiere que "se sabía ya antes".

Admite que este proceso deductivo es "insuficiente", según la propia doctrina del Tribunal Constitucional y del Supremo ("un solo indicio puede ser equívoco") pero se basa en él para continuar la instrucción aunque él mismo apunta que "es sumamente improbable algún indicio más".