La Fiscalía del Tribunal de Cuentas ha presentado este miércoles una demanda contable contra 35 responsables del 'procés' independentista en Cataluña -encabezados por los ex dirigentes Carles Puigdemont y Oriol Junqueras- en la que rebaja ostensiblemente la cantidad cuantificada inicialmente por la instructora del expediente por los gastos del 1-O y la denominada 'acción exterior' de Generalitat, que era de 9 millones. Se reclaman 3,4 millones por los desvíos.

Así se desprende del texto demanda, que tiene más de 130 folios y se extiende sobre una treintena de conceptos contables. En ella se postula la responsabilidad de Puigdemont, dada su codición de responsable máximo de la Generalitat, así como del que fuera expresident Oriol Junqueras y los exconsejeros también condenados por malversación por el Tribunal Supremo Raül Romeva, Dolors Bassa, y Jordi Turull. 

La demanda incluye a los consejeros rebeldes Antoni Comín y Lluís Puig y a otros responsables, si bien excluye a la también huída Clara Ponsatí, porque no consta que participara a través de su departamento. Tampoco se formula demanda contra las interventoras de la Generalitat, al no quedar creditado que hubieran fiscalizado el gasto en alguna de las fases de ejecución del gasto público.

Jové y el 'call center', excluidos

Por otra parte, se excluye a Josep María Jové y Natalia Garriga, secretario general y directora general en la estructura de Hacienda, ya que pese a estar citados en el acta de liquidación provisional en relación con los gastos del Call Center (que se construyó en una nave anexa al Centre de Telecomunicacions i Tecnologia de la Informació (CTTI) dependiente de la Generalitat y fueutilizado para el 1-O), este asunto no fue objeto de condena por el Tribunal Supremo.

 Es el caso también de Francesc Sutrías, que era director General de Patrimonio, a quien no se le exige responsabilidad por la exclusión de los gastos relativos a Unipost (la extinta empresa de mensajería donde se encontraron papeletas para el referéndum) del al Call Center.

La afectación a algunos de los responsables disminuye de manera considerable respecto del importe reclamado por la instructora del procedimiento y también respecto de la demanda de Sociedad Civil Catalana porque es preciso acotar concepto a concepto, puesto que los demandados y las cuantías son divergentes.

Libertad ideológica en los viajes

En la parte referida a la responsabilidad contable por la acción exterior, la demanda señala que se ha tenido en cuenta "un principio de libertad ideológica" respecto a la finalidad de los desplazamientos para impartir conferencias o para asistir a debates, jornadas y presentaciones de libros, "pues la mayoría de las actividades no pueden reputarse dirigidas exclusivamente a publicitar el proceso soberanista".

Los viajes excluidos se enmarcan, según la Fiscalía, en programas con un objeto y finalidad de carácter institucional. Por otro lado, se respeta "que las manifestaciones que se hicieran en el curso de esos debates, conferencias o declaraciones quedarían amparadas por el derecho fundamental a expresar y difundir libremente pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción".

El importe reclamado por esta actividad irregular de la Generalitat en el exterior asciende a 2.209.503,8 euros, mientras que el importe de la liquidación provisional cuantificado inicialmente por la instrucción era de 5.150.711,09 euros y el reclamado por la acción pública ejercida por Sociedad Civil Catalana de 1.843.471,11 euros.

Lo que se excluye de la demanda

En la parte de los gastos del 1-O, además de los referidos al Call Center y Unipost la demanda excluye de la 'minuta' que reclama a los líderes independentistas el uso de locales públicos que el Tribunal Supremo tampoco tuvo en cuenta en su sentencia por "la falta de determinación del efectivo perjuicio que tal uso habría conllevado". 

La propia instructora delegada del expediente en el Tribunal de Cuentas, Esperanza García, ya descartaba este capítulo sosteniendo que el uso de los locales como centros de votación no había originado un daño a los fondos públicos de la Generalitat "al no haberse realizado el pago de ninguna cantidad como contraprestación a la utilización de los mismos".

Por el contrario, la demanda de la Fiscalía sí recoge la partida destinada a la cartelería del referéndum, contenida en la sentencia de la Sala Segunda, por la cantidad de 61.879,00 euros.

El importe reclamado por la Fiscalía respecto a los gastos para el 1-O asciende a 1.219.838,63 euros, mientras que el importe de la liquidación provisional de la instructora era de 3.903.294.86 euros el reclamado por la acción pública ejercida por Sociedad Civil Catalana a 3.466.335,91.