El organismo que se encargará de articular la lucha contra la discriminación en España, la Autoridad Independiente consagrada en la nueva ley sobre la materia, podrá reabrir las causas judiciales archivadas si los hechos "pudieran ser constitutivos de infracción administrativa". Para ello, el juez o tribunal competente, tanto de oficio como a instancias del Ministerio Fiscal o de las acusaciones particular o popular, deberá comunicarlo al organismo, con facultades para incoar el expediente sancionador que corresponda.

Esta medida es una de las novedades que constan en la nueva ley de igualdad de trato y no discriminación, bautizada por el grupo que la ha propuesto, el PSOE, como "ley Zerolo", en homenaje a unos de sus históricos dirigentes, quien hizo precisamente de la configuración de un marco normativo contra la discriminación una de sus principales luchas. La iniciativa fue aprobada el pasado jueves por la Comisión de Igualdad, que tenía competencia legislativa plena. Por tanto, no tiene que pasar por el visto bueno del pleno del Congreso.

La ponencia se encargó de incluir esta novedad, el punto 4 del artículo 42, sobre infracciones y sanciones, pero no ha sido la única o una de pocas. Al contrario, los diputados que han trabajado sobre el texto inicial se han puesto de acuerdo para añadir muchas más medidas en diferentes ámbitos. Una de las artífices, la diputada socialista Beatriz Micaela Carrillo, señala a EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, medio que pertenece al mismo grupo editorial que este diario, que éste ha sido siempre uno de los objetivos. Ya lo era cuando el PSOE registró la proposición de ley y ha ido cogiendo fuerza y peso a lo largo de la negociación del dictamen. De hecho, a última hora, los grupos pactaron la inclusión de una novedad más: la inclusión del antigitanismo en el Código Penal.

Carrillo espera, ya aprobada la ley, que sea un revulsivo para denunciar los delitos de odio y discriminación; que genere un efecto similar al que propició la ley de violencia de género a partir del año en que entró en vigor, en 2004. Recuerda que el 80% de tales delitos no se denuncian, según los datos del Ministerio de Interior. Movido por ello, el grupo socialista ha logrado que tanto sus socios como formaciones más alejadas en lo ideológico, como PP y Cs, hayan participado en numerosos pactos concretos de la norma. Sólo Vox ha quedado fuera.

La inversión de la carga de la prueba es, posiblemente, la contribución más relevante que encuentra la diputada socialista, de etnia gitana. "El acusado deberá demostrar que no ha discriminado por alguno o algunos de los motivos contemplados en la legislación", recalca. Su conclusión conduce a la creación del organismo que velará por el cumplimiento de la norma, una Autoridad Independiente que, no obstante, ha tenido una gestación controvertida. En Cs, por ejemplo, creen que de independiente no tendrá nada por cuanto el nombramiento de su máximo responsable correrá a cargo del Gobierno.

Además, en palabras de Carrillo, la norma abarca la lucha contra la discriminación en el campo administrativo, es decir, en el terreno de las sanciones. Hasta antes de la ley aprobada ya en Comisión, operaba el Código Penal.

El texto, en consecuencia, despliega la red de actuación en varios ámbitos, como en el fiscal, ya que las fiscalías provinciales contarán con "secciones especializadas en delitos de odio y discriminación", cuya función consistirá en promover y coordinar "las actuaciones penales dirigidas a la investigación y persecución de comportamiento discriminatorio".

La Autoridad Independiente

Es uno de los títulos más amplios de la nueva norma, puesto que regula no sólo su creación y funciones, sino también su naturaleza jurídica. Operará en los ámbitos público y privado, y aunque se da margen a las comunidades autónomas para que creen organismos homólogos, aunque ceñidos al terreno de la propia comunidad, la ley confiere envergadura a la entidad. Dará asistencia a víctimas, pero también hará mediaciones, de manera que se aparca el recurso de alzada (acudir a instancia superior). Asimismo, podrá iniciar de oficio o a instancias de terceros investigaciones, aunque si pudiera haber infracción penal, las remitirá al Ministerio Fiscal o a la autoridad judicial. Informar o instar a sanciones a la administración son otros de sus cometidos.

El o la titular de la Autoridad, designada por el Gobierno, deberá comparecer ante la comisión correspondiente del Congreso. Tendrá que acreditar aquí una trayectoria de "reconocido prestigio en la defensa y promoción de la igualdad de trato y la lucha contra la discriminación" porque dicha comisión podría rechazar el nombramiento si está detrás de la decisión la mayoría absoluta. El mandato será de cinco años; no podrá repetir. Su personal procederá el cuerpo de funcionarios de las administraciones públicas. Su presupuesto será controlado por el Ministerio de Hacienda.

Como pudiera chocar su actuación con el Defensor del Pueblo, la ley dibuja los contornos, aunque también los canales de cooperación.

Vivienda y no discriminación

En líneas generales, como objetivo primordial y esencial a lo largo de toda la ley, se trata de evitar la discriminación en prácticamente todas las capas del ámbito público. Tal y como adelantó EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, la normativa se adentra en el campo laboral, y así, prohibirá que no se contrate por alguna de las causas que generan discriminación, que son sexo, origen racial o étnico, discapacidad, edad, religión o creencias y orientación sexual. Los grupos parlamentarios han pactado añadir más, como el estado de salud o la lengua. Así, el empleador no podrá preguntar en las entrevistas a aspirantes a un puesto sobre si tiene predisposición a padecer enfermedades, por poner un ejemplo.

Uno de los terrenos en los que pone énfasis la "ley Zerolo" es en el alquiler de una vivienda. Ya el texto original restringía la discriminación por cualquier de las causas citadas al firmar un contrato de alquiler. Las modificaciones hechas en la ponencia, aprobadas el pasado jueves, perfeccionan la regulación, de forma que si antes tipificaba la prohibición de negar la firma de un contrato por las causas de discriminación contempladas o de establecer condiciones de venta o arrendamiento en función de alguna de ellas, el texto remozado va más allá y obliga a alargar el trato igualitario a "todo el periodo posterior de uso de la vivienda, en el caso de arrendamientos u otras situaciones asimilables".