El Grupo Municipal de Podemos en el Ayuntamiento de Madrid busca que también los responsables municipales, y no sólo los comisionistas Luis Medina y Alberto Luceño, sean investigados en la causa del pelotazo con material sanitario para el Ayuntamiento de Madrid.

Por eso, y pese a a la negativa del juez Adolfo Carretero a imputar en la causa al gerente de la Empresa Municipal de Servicios Funerarios de Madrid, Fernando Sánchez González, buscan que se llame a declarar por prevaricación a Engracia Hidalgo Tena, delegada del Área de Gobierno de Hacienda.

Este alto cargo municipal fue quien firmó el convenio con la funeraria para la adquisición de material sanitario durante la pandemia. La formación también solicita que se tome declaración en calidad de investigada a Elena Collado, coordinadora general de Personal y Recursos Humanos del Ayuntamiento de Madrid.

En un escrito remitido al Juzgado de Instrucción número 47 al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, diario perteneciente al mismo grupo editorial que este medio, Podemos denuncia que se trató "de eludir la normativa de control aplicable a las contrataciones efectuadas por el Ayuntamiento mediante el artificio del Convenio con la empresa mercantil de él dependiente", lo que supone "un evidente y grosero apartamiento de la legalidad cuyas nefastas consecuencias han salido ahora, al menos parcialmente, a la luz".

Debía conocer las instrucciones

Así, apuntan a que Hidalgo era la última responsable de la comunicación sobre la tramitación de expedientes de contratación de emergencia emitida un día antes de la firma del primero de los contratos objeto del presente proceso. Por tanto, debía tener conocimiento de que las instrucciones de contratación que salieron de su departamento así como la Ley de Contratos del Sector Público quedaban incumplidas como consecuencia del convenio que ella misma firmó con la empresa pública

Podemos destaca en su escrito que se utilizó a la funeraria municipal para la "sustracción del control previo a la labor de la Intervención" y no por "una cuestión de posibilidad de anticipo de fondos" como sostuvo en su declaración ante la Fiscalía Anticorrupción Elena Collado. De hecho, la posibilidad de libramiento de fondos a justificar viene recogida en el artículo 120 de la Ley de Contratos del Sector Público, reguladora de los contratos de emergencia, que le es de aplicación también al Ayuntamiento, por lo que no era necesario trasladar las contrataciones a una empresa mercantil.

En su escrito, añade que "resulta evidente el nexo causal entre las ilegalidades del proceso de contratación analizado y el perjuicio que con dicha contratación se ha causado a las arcas del Ayuntamiento".