A la Sala Tercera del Tribunal Supremo no le han convencido los argumentos del coronel de la Guardia Civil Manuel Ángel Sánchez Corbí y ha rechazado su recurso contra su cese como jefe de la Unidad Central Operativa (UCO), acordado por la Secretaría de Estado de Seguridad el 1 de agosto de 2018 por pérdida de confianza. Se produjo después de que enviara a los miembros de la unidad encargada de los delitos más graves, como la corrupción y el crimen organizado, un correo electrónico en el que avisaba de que la falta de fondos reservados obligaba a suspender los operativos que los utilizaran.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo valida así por unanimidad la sentencia de la Audiencia Nacional que consideró ajustado a derecho su cese como jefe de la UCO, una decisión que supone un mal precedente para otro cese por pérdida de confianza del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. Se trata del del también coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos, cuyo recurso está a la espera de que el alto tribunal se pronuncie sobre su cese.

Idoneidad y confianza

La sentencia del alto tribunal, cuyo fallo ha sido adelantado, se conocerá en su integridad en los próximos días, lo que permitirá comprobar hasta qué punto sus argumentos son extensibles al caso de Pérez de los Cobos, apartado de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid por no informar al ministro del informe que había solicitado un juzgado madrileño en relación con la manifestación del 8 de marzo cuando se desataba la pandemia de covid, en un procedimiento en el que estuvo imputado el entonces delegado del Gobierno de Madrid, José Manuel Franco.

Fuentes del alto tribunal han señalado a EL PERIÓDICO DE CATALUNYA, diario integrante del grupo Prensa Ibérica, que la sentencia distinguirá entre la idoneidad para ocupar el puesto, que nadie cuestiona que Sánchez Corbí reúne, y la confianza por la que se fue nombrado para una responsabilidad y que en un momento dado pierde.

Es el mismo argumento que la Audiencia Nacional desarrolló respecto al que fue coordinador del dispositivo policial del 1-O. La justicia había dado la razón en primera instancia a Pérez de los Cobos, pero la Audiencia estimó por unanimidad el recurso formulado por la Abogacía del Estado y, según el criterio para resolver las impugnaciones de ceses y de nombramientos en destinos de libre designación en la Guardia Civil, diferenció entre la idoneidad para ocupar el puesto y la confianza depositada por la autoridad que efectuó en su momento el nombramiento y que, ante la pérdida de dicha confianza, dispone el cese, debiendo exponerse en este último supuesto los motivos de la pérdida de confianza.